Preparan cambios a ley de retorsión panameña
Publicado 2016/08/11 16:00:00
- Redacción Economía @PanamaAmerica
El proyecto de ley contempla medidas tributarias, respecto a la determinación de los impuestos aplicables sobre dividendos, remesas al exterior que sean pagados o acreditados, así como cualquier otra clase de rentas producidas en Panamá.
Panamá contempla aplicar a países que incurran en prácticas que discriminen/EFE.
El Ministro de Comercio e Industrias, Augusto Arosemena, manifestó hoy durante la presentación del Proyecto de Ley de Retorsión, ante el pleno de la Asamblea Nacional que Panamá contempla aplicar a países que incurran en prácticas que discriminen o impliquen una lesión a los intereses de la nación medidas fiscales, impositivas, arancelarias, migratorias, laborales y hasta restricción del transporte.
Destacó que “los intereses de Panamá están por encima de todo y se defenderán sin lugar a dudas. Esperamos un amplio apoyo de los Honorables Diputados para que el proyecto se convierta en Ley de la República y en ese momento el Consejo de Gabinete analizará la situación comercial con Colombia para determinar el curso a seguir”.
El proyecto de ley contempla medidas tributarias, respecto a la determinación de los impuestos aplicables sobre dividendos, remesas al exterior que sean pagados o acreditados, en concepto de regalías, intereses, comisiones, honorarios o cualquier otra clase de rentas producidas en panamá.
Así también se dispondrán de medidas de incremento arancelario, a las personas naturales o jurídicas procedentes de Estados que discriminan sobre Panamá. Se incluye además acciones migratorias y laborales a los nacionales de las jurisdicciones señaladas en la Lista de Estados que Discriminan y que previamente Panamá haya elaborado.
De la misma manera, se anexa restricción o suspensión a personas naturales o jurídicas originarias del Estado Sancionada, y/o incorporadas en cualquier otra jurisdicción cuyos beneficiarios finales sean nacionales del estado sancionado.
El proyecto en referencia también incluye restricción del movimiento o transporte terrestre, aéreo y marítimo de carga y de pasajeros; adicionalmente, cualquier otra medida que tenga a bien aplicar la República de Panamá.
“Mediante este proyecto se amplía amplia el abanico de opciones de sanciones para los países que nos discrimen y que en la Ley 58 de 2002 se quedó corta”, sustentó el Ministro Arosemena.

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