Presentan diversas ideas respecto al proyecto de Ley 509
Publicado 2017/08/23 15:15:00
- Redacción/@PanamaAmerica
El resultado primario arrojó, entre algunos elementos de juicio, que es una buena iniciativa, pero que hay que ajustar temas relativos al concepto de patrimonio familiar.
Diversas ideas fueron presentadas ante la Comisión de Economía y Finanzas que abrió este miércoles el filtro a las opiniones sobre el Proyecto de Ley 509, sobre impuestos de bien inmueble.
El resultado primario arrojó, entre algunos elementos de juicio, que es una buena iniciativa, pero que hay que ajustar temas relativos al concepto de patrimonio familiar, lo relacionado a la carga impositiva al sector empresarial, una mayor rebaja de la tarifa progresiva e incluso surgió la idea de eliminar dicha tributación, así como extender el rango de las exoneraciones.
Luego de tres horas, unos 14 expositores habían dado su criterio al proyecto que modifica artículos del Código Fiscal en materia de impuesto inmueble. Fueron, entre otros, el abogado Gerardo Solís, el alcalde de Colón, Federico Policani, el Colegio de Abogados, el Colegio de Economía, capítulo de Colón, la APEDE, el Sindicato de Industriales, Panamá Pacific, y de representantes de empresas distribuidoras de energía y de firmas de abogados.
En la lluvia de ideas en la que muchos coincidían, los participantes consideraron que introducir el concepto de patrimonio familiar tributario sólo generará confusión, además de calificarlo como una figura distorsionadora y que implica un acto discriminatorio.
A criterio de los concurrentes, se confunde el agua con el aceite porque el impuesto, según el Código Fiscal, se rige por la finca y no por su condición civil. Se trata de beneficiar a todos que posean una residencia con un valor catastral menor de 120 mil dólares, no de crear un fuero debido al estado civil de la persona.
El segundo aspecto que sobresalió en esta primera reunión se concentró en el cambio que sugiere este proyecto de ley referente a seleccionar a las empresas con regímenes especiales fiscales como renta sustitutiva.
De acuerdo con los argumentos, se perjudica a las grandes actividades de inversión, al igual que se atenta contra la seguridad jurídica. Dijeron que se manda un mensaje negativo con estas modificaciones a las leyes especiales de incentivos fiscales.
Sobre la tasa progresiva impositiva que se aplicará a los bienes inmuebles de actividades comerciales e industriales, bajo el beneficio fiscal de patrimonio familiar tributario, solicitaron una tasa más reducible a la que propone la iniciativa del Ejecutivo, que plantea 0.50% sobre la base imponible excedente de $120,0O1 hasta $250,OOO, y de 0.90% sobre la base imponible excedente de $250.001. Se propone que sea de 0.50% y de 0.90%, según el valor del inmueble.
Para el abogado y ex magistrado Gerardo Solís, su mejor propuesta es que se elimine ese tributo, lo que representaría, de acuerdo a su posición, mayor inversión de capital extranjera en el país. También consideró que el impuesto debía cobrarse una vez la persona vende ese activo, o sea, su residencia.
Además, hubo otra serie de señalamientos que se relacionaron a no confundir que la personas con residencias mayores de 120 mil dólares son adineradas. Por ello se hizo la sugerencia de aumentar el rango hasta más allá de los 200 mil dólares.

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