La funcionaria debería ser ratificada hoy en la Comisión de Credenciales de la Asamblea
Designación de Romero como ministra viola la Constitución
La posible designación de Ada Romero como ministra de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa podría estar violando la Constitución de la República.
La posible designación de Ada Romero como ministra de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa podría estar violando la Constitución de la República.
- Lucy Garcés ([email protected])
- - Publicado: 29/7/2014 - 12:00 am
Sueldos
- 4,000 dólares es el salario de quien se desempeñe como director de Ampyme.
- 3,000 dólares cobra la directora de Ampyme como gastos de representación.
Asamblea Nacional ratificará a directora de Ampyme
- En el día de hoy la directora designada de Ampyme será ratificada por la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional. Según la directora, Ada Romero, luego de la ratificación en su cargo como titular de la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas (Ampyme), el presidente de la República, Juan Carlos Varela, hará público si su cargo se eleva al “rango de ministro” tal cual como ocurrió a la directora anterior, Giselle Burillo. Según Romero, este “rango de ministra” no le darían los beneficios propios de un ministro de Estado; sin embargo, le da voz dentro del Gabinete, lo que ayudaría en gran manera al desarrollo de los pequeños empresarios, ya que le da posibilidad para presentar proyectos que traigan beneficios para los pequeños empresarios.Uno de los beneficios que si tendrá equiparado a un ministro será el salario de 7,000 dólares mensuales, según dio a conocer ella misma. Romero, quien milita en el Partido Panameñista, durante el gobierno pasado fungió como directora de Trabajo del Mitradel.
La posible designación de Ada Romero como ministra de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa podría estar violando la Constitución de la República. La Carta Magna establece que los cargos de ministros solo pueden ser ocupados por panameños de nacimiento y Romero nació en El Salvador.
Algunos comunicados de prensa de la Ampyme otorgan el rango de ministra a Romero, lo que pone en la palestra pública el debate sobre las funciones reales, emolumentos y prerrogativas que asumen estos funcionarios.
Gobierno analiza posibilidad de elevar la Ampyme a ministerio
Actualmente, funcionarios de Gobierno han manifestado la posibilidad de elevar y convertir esta autoridad (Ampyme) y otras dos a rango de ministerios de Gobierno.
De abrazarse esta iniciativa, Romero quedaría inhabilitada para representar la autoridad de la micro y mediana empresa, ya que la Constitución Política de Panamá establece en su artículo 196 que todo aquel que ocupe el cargo de ministro de Estado debe ser panameño por nacimiento (haber nacido dentro del territorio nacional).
Sin embargo, la Constitución señala que no existe impedimentos en su nombramiento como administradora de la esa entidad.
Ante esta situación, algunos juristas advierten sobre la necesidad de que esta normativa sea regulada, porque con ello disminuiría las confunciones de si es o no un ministerio de Estado.
El abogado Carlos Herrera Morán asegura que si se analiza con lupa el rango de ministro, esta es una figura que no está establecida en la leyes panameñas, lo que deja un vacío dentro del ámbito judicial.
Herrera Morán etiquetó este cargo como protocolar, con lo que el Órgano Ejecutivo busca darle ciertas relevancias a los directores”.
Es por esto que recomendó que el rango de ministros a estos directores se debe regular por medio de una ley, y se deje de estar dando bajo decreto, si va hacer un ministro que sea con toda las de la ley, no en el aire, aseguró.
Por su parte, el abogado constitucionalista Ernesto Cedeño categorizó a estos rangos como decorativos, ya que según el jurista, este cargo solo le da potestad al director para firmar convenios internacionales y estar presenten en el Consejo de Gabinete, más no debería tener privilegios de un ministro real.
“Jamás debieron establecer este cargo a quien no lo son, yo pienso que ellos deben limitarse a hacer lo que dice la Constitución y circunscribirse a nombrar directores y a ministros cuando corresponden, más no pueden haber híbridos, no deben haber híbridos”, recalcó.
Legislación
Legalmente el único que tiene rango de ministro sin cartera por ley es el administrador de la Autoridad Marítima de Panamá, tras una modificación que se hizo bajo la administración del expresidente Martín Torrijos.
Las otras designaciones en la Autoridad de Turismo de Panamá y en la Autoridad Nacional del Ambiente se han hecho a través de decreto ejecutivo.
En administraciones pasadas, dicho rango también se le otorgó al administrador de la Autoridad de Innovación Gubernamental.
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