Mejoras al proceso de acreditación de universidades incluye a los institutos de enseñanza superior
La iniciativa que pretende adecuar el proceso de acreditación y evaluación de las universidades, tanto oficiales como particulares, recibió su primera aprobación ayer en la Asamblea Nacional.
- Erika Edith Quiñones/@ErikaZayuky
- - Actualizado: 28/4/2015 - 09:34 am
La iniciativa que pretende adecuar el proceso de acreditación y evaluación de las universidades, tanto oficiales como particulares, recibió su primera aprobación ayer en la Asamblea Nacional.
Se trata del proyecto de Ley que subroga la Ley 30 de 2006, que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria.
Texto que nace a raíz de algunos vacíos que fueron encontrados durante la aplicación de la primera fase de evaluación a la que se sometieron desde el 2012 las 36 casas de estudios superior que operan en el país, donde cinco son públicas.
Según el documento que, ha sido consensuado entre el Ministerio de Educación y los rectores de las universidades, se crea el Consejo Nacional de Evaluación, Acreditación y Re-acreditación de la Educación Superior de Panamá (Conearesp), que será el organismo evaluador, acreditador, re-acreditador, sancionador y rector del sistema de evaluación.
El Conearesp establecerá, a través de reglamentación, los procesos para la evaluación y acreditación institucional, de programas y carreras. Asimismo, desde que entre en vigencia la ley, los centros o institutos de enseñanza superior y los centros de educación postmedia, oficiales o particulares, se incorporarán al Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación, los que los lleva a contar con unidades internas de evaluación que aseguren el cumplimiento de dicho proceso.
Para el caso de aquellos institutos recién abiertos estos se incorporarán al sistema, una vez hayan cumplido el periodo de dos años de autorización provisional de funcionamiento.
Los estudiantes egresados de los centros o institutos de enseñanza superior podrán ingresar a las universidades siempre que la institución esté debidamente acreditada en el Conearesp, para ello se elaborará un reglamento en el que se establezca las condiciones y requisitos de acceso de estos estudiantes a las casas de estudios superior.
En materia de sanciones a las universidades y en institutos de enseñanza se establecen multas, suspensión provisional y, por último, la cancelación definitiva de la autorización de funcionamiento. Para tal caso se mantiene la clasificación de faltas leves, graves y muy graves.
Las faltas leves serán sancionadas con multas desde $500 hasta $5 mil, las graves con suspensión temporal del programa, carrera o de la institución de educación superior particular, la cual se mantendrá hasta que subsanen la infracción en la que incurrieron. Mientras, aquellas faltas consideradas muy graves llevará a la cancelación definitiva de la autorización de funcionamiento.
El propósito específico es que el Estado, a través del Ministerio de Educación, tiene la responsabilidad de establecer los mecanismos de coordinación para que todas las instituciones de educación superior universitaria estén articuladas en un mismo sistema educativo del país, comentó el diputado Rubén Frías, quien presidió la subcomisión que analizó el documento.
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