Nuevo decreto para la solicitud de refugio
Con este Decreto Ejecutivo N.° 5 del 16 de enero de 2018 se refuerza la protección y derechos humanos de las personas vulnerables que realmente cumplen con las condiciones de refugio.
- Fanny Arias
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- - Publicado: 20/1/2018 - 12:00 am
Las regulaciones para solicitudes de refugio en Panamá fueron modificadas por el Decreto Ejecutivo N.° 5 del 16 de enero de 2018, presentado ayer por el Ministerio de Gobierno (MinGob) a través de la Oficina Nacional para la Atención de los Refugiados (Onpar).
Este decreto ejecutivo deroga el Decreto N.° 23 del 10 de febrero de 1998 y dicta nuevas disposiciones para la protección de las personas refugiadas, desarrollando la Ley 5 de 26 de octubre de 1977, por la cual se aprueba la Convención y Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados.
De acuerdo al nuevo decreto ejecutivo, una solicitud es manifiestamente infundada cuando pudiera tener connotación fraudulenta o que notoriamente no guarda relación alguna con los criterios para el reconocimiento de la condición de refugiados establecidos en la Convención de Ginebra de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados.
Entre las modificaciones se le anexaron nuevos capítulos sobre los niños, niñas y adolescentes refugiados que puedan darse o surgir en Panamá, señaló Yaribeth de Calvo, directora de la Onpar.
Estas nuevas disposiciones incluyen la reducción del tiempo para la realización de las reuniones ordinarias de la Comisión Nacional para Protección de Refugiados, que otorga la condición de Refugiado, de tres a dos meses.
Con esta medida buscan brindar una pronta respuesta a los solicitantes que son previamente admitidos por Onpar, añadió.
La directora también resaltó que desde diciembre, el solicitante puede hacer todo su trámite vía web en www.mingob.gob.pa/onpar y de esta manera solo tiene que dirigirse a la oficina de Onpar en la fecha que se le indique a través del sistema. "Esto va a ayudar a que haya más fluidez, más control y más transparencia".'
Desde 1990 a la fecha, 2,470 extranjeros tienen el estatus de refugiados en Panamá, y de ellos el 60% son colombianos y el 40% de Venezuela, El Salvador, Cuba, entre otros.
Este nuevo decreto refuerza la protección y derechos humanos de las personas vulnerables que realmente cumplen con las condiciones de refugio.
Se informó que en 2017 la oficina recibió 3,000 solicitudes de refugios y se otorgaron unas 20.
Si se hace una comparación con las recibidas en 2016, la cifra aumentó el año pasado 500 solicitudes, pues en 2016 fue de 2,500.
Desde 1990 a la fecha, 2,470 extranjeros tienen el estatus de refugiados en Panamá. El 60% son colombianos y 40% de Venezuela, El Salvador, Cuba, entre otros, detalló de Calvo.
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