Ramón Arosemena evitó hablar sobre su caso de la doble nacionalidad
El funcionario solo se limitó a decir que "este no es un tema de discusión legal". La Constitución Política establece en el artículo 13 que “la nacionalidad panameña de origen o adquirida no se pierde, pero la renuncia expresa o tácita de ella suspenderá la ciudadanía”.
El funcionario solo se limitó a decir que "este no es un tema de discusión legal". La Constitución Política establece en el artículo 13 que “la nacionalidad panameña de origen o adquirida no se pierde, pero la renuncia expresa o tácita de ella suspenderá la ciudadanía”.
- Luis René Ábrego/Especial para la web
- - Actualizado: 01/8/2014 - 06:55 pm
El ministro de Obras Publicas (MOP), Ramón Arosemena evitó hacer comentarios a los periodistas sobre su caso de la doble nacionalidad que tiene actualmente.
El funcionario solo se limitó a decir que "este no es un tema de discusión legal". Agregó que todos los panameños merecen obras que sirvan, y que se acabe el juega vivo que tanto daño le hace al país.
"Yo como ministro y con mi experiencia les garantizó honestidad, transparencia y buenos proyectos y yo como panameño nacido en Chitré, voy a proteger los intereses del pueblo, y voy a estar siempre vigilante porque yo lo que quiero es devolverle a Panamá, mi patria algo de lo que tanto Panamá me ha dado", manifestó.
La Constitución Política establece en el artículo 13 que “la nacionalidad panameña de origen o adquirida no se pierde, pero la renuncia expresa o tácita de ella suspenderá la ciudadanía”. Se plasma como derechos suspendidos los “derechos políticos y la capacidad para ejercer cargos públicos... reservados para ciudadanos panameños”.
La lectura del caso hecho por los constitucionalistas coincide en que la “suspensión” de la ciudadanía es tácita cuando se adquiere una nacionalidad distinta a la panameña, como lo hizo el ministro del MOP.
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