Reglamentan uso de las instalaciones de Sabores del Chorrillo
Dichas disposiciones están contenidas en el Acuerdo N°92 del 30 de junio de 2015, por el que se reglamentan las actividades de este complejo de restaurantes.
- Erika Edith Quiñones/@ErikaZayuky
- - Actualizado: 31/7/2015 - 03:16 pm
Quienes trabajen y visiten Sabores del Chorrillo, en avenida de Los Poetas, Cinta Costera 3, deberán ceñirse a una serie de reglas establecidas con la finalidad de conservar en buenas condiciones el estado de las instalaciones.
De lo contrario, se aplicarán sanciones que van desde los 15 a 75 dólares y de 25 a 100 dólares en caso de reincidencia, así como el cierre temporal del local o cancelación definitiva del permiso, las que serán impuestas a arrendatarios, personal que labore y visitantes de Sabores del Chorrillo.
Dichas disposiciones están contenidas en el Acuerdo N°92 del 30 de junio de 2015 (http://bit.ly/1Ha9daP), por el que se reglamentan las actividades de este complejo de restaurantes, ubicado a un costado del estadio Maracaná.
Más de 20 prohibiciones han sido establecidas dentro de las instalaciones de Sabores del Chorrillo, tanto para los ocupantes como para los que laboren o visiten el lugar.
Solo se permitirá la venta y consumo de bebidas alcohólicas como acompañamiento y servida en vaso, en el horario de 10:00 a.m. a 10:00 p.m., de lunes a domingo.
Esta prohibido la presencia de personas en evidente estado de ebriedad, la práctica de juego de suerte y de azar, y causar daños a los bienes municipales, promover riñas o cualquier otras acciones que menoscaben la moral y las buenas costumbres y la presencia de vendedores ambulantes dentro y fuera de las instalaciones.
La contaminación auditiva estará regulada conforme lo dispone el Acuerdo N°141 del 23 de septiembre de 2014. En este aspecto, la administración del complejo será la encargada de colocar la música que ambientará el lugar de manera uniforme y tomará en cuenta las sugerencias de los arrendatarios en variedad de la música.
Quien realice contrucciones, mejoras, modificaciones o adiciones a los módulos se verá expuesto a la cancelacion inmediata del permiso de uso y ocupación del espacio.
La venta dentro del local de productos que no estén autorizados en el permiso de ocupacion, es otra violación a la reglamentación. En caso de quejas por parte de consumidores afectados por productos en mal estado se convertirá en causal de cancelación inmediata del permiso.
Asimismo, no está permitido que personas que presenten heridas en el antebrazo y manos laboren en los locales, aunque tengan carnet de salud.
Usar vestimenta inadecuada como espalda afuera, chancletas, minifaldas, escotes y pantalones cortos para el caso de las damas y sin camisas o zapatos abiertos, en los hombres, se considera una falta.
Está vedado mantener animales domésticos en los locales, contratar a menores para laborar y usar artículos pirotécnicos en el complejo de restaurantes.
Tampoco se puede pernoctar (dormir) dentro de los módulos o en vehículos estacionados cerca a Sabores del Chorrillo.
Los arrendatarios no podrán vender, ceder o subarrendar los puestos, de lo contrario se cerrará definitivamente el local. Muchos menos deben realizar mudanzas o cambios de módulos, ni procesar o preparar alimentos en los puestos y permancer abierto antes y después de las horas de servicio.
Todo acto de incumplieminto de de las obligaciones contenidas en este Acuerdo Municipal será acreditado en el expediente del ocupante. El administrador de Sabores del Chorrillo (Municipio de Panamá), previo al visto bueno del Director de Servicios a la Comunidad, podrá suspender las operaciones del local por un término de cinco días u ordenar su cierre definitivo, según la gravedad de lo ocurrido.
Cuando se incurra en malas prácticas alimenticias que atenten contra la salud pública, el puesto será cerrado definitivamente.
Fuera de las faltas señaladas anteriormente, toda infracción a algunas de las prohibiciones previstas será sancionado con multa de 100 dólares y si es reincidente se aplicará el doble. Multas que impondrá el Director de Servicios a la Comunidad.
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