Participación ciudadana
Fortalecimiento del proceso de evaluación de impacto ambiental
El conocimiento y la conciencia pública sobre el medio ambiente son factores que inciden en la gestión ambiental. Las condiciones bajo las cuales se genera, distribuye, interpreta y aplica el conocimiento tienen una enorme importancia. Por una parte la calidad, cantidad y oportunidad de la información ambiental tiene una gran incidencia en los responsables por la formulación de las políticas.
- Dagoberto Franco/[email protected]/
- - Publicado: 30/6/2016 - 12:00 am
Los técnicos de la Autoridad Nacional del Ambiente, aproximadamente en el año 2013 dieron inicio a la revisión del Decreto Ejecutivo No. 123 de 14 de agosto de 2009 que reglamenta el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, con el objeto de modificarlo o derogarlo para darle paso a uno más consensuado, discutido con las partes y actores claves del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. Hoy, después de más de tres años, el Ministerio de Ambiente le informa a la comunidad sobre la existencia de una comisión asesora que trabaja en dichas modificaciones. Y se espera que, entre septiembre y octubre, se tenga una propuesta que será sometida a consulta pública.
La importancia que tiene la Evaluación de Impacto Ambiental para la aplicación de la política ambiental en Panamá, hace necesario el fortalecimiento del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental empoderando a la sociedad civil. De ahí, que apunta a llamar la atención de las autoridades que tienen la responsabilidad de garantizarnos el derecho a un ambiente sano, para que se legisle adecuadamente el Derecho de Acceso a la Información Ambiental y se mejoren los mecanismos de Participación Ciudadana. Si bien el Decreto Ejecutivo No. 123 de 14 de agosto de 2009 reglamenta ampliamente la Participación Ciudadana durante el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, dicho Decreto requiere de modificaciones que hagan efectivo el derecho de los ciudadanos a ser tomados en cuenta al momento de decidir sobre la pertinencia o no de un proyecto o actividad.
El Título IV del Decreto Ejecutivo 123 se refiere a la Participación Ciudadana en los Estudios de Impacto Ambiental. El Capítulo I sobre disposiciones generales, establece en el artículo 28 que el promotor de una actividad, obra o proyecto público está obligado a involucrar a la ciudadanía en la etapa más temprana del proceso de evaluación del EsIA correspondiente, de manera que se pueda cumplir los requerimientos formales establecidos en dicho Decreto y en el reglamento sobre la participación ciudadana que para tal fin se establezca, para la revisión de los Estudios de Impacto Ambiental. También es obligación del promotor documentar en el EsIA, todas las actividades realizadas para involucrar y/o consultar a la ciudadanía y/o a la comunidad durante su elaboración.
El conocimiento y la conciencia pública sobre el medio ambiente son factores que inciden en la gestión ambiental. Las condiciones bajo las cuales se genera, distribuye, interpreta y aplica el conocimiento tienen una enorme importancia. Por una parte la calidad, cantidad y oportunidad de la información ambiental tiene una gran incidencia en los responsables por la formulación de las políticas. Este conocimiento acerca de las amenazas ambientales es una condición necesaria para la formación de la conciencia pública; la percepción de la ciudadanía de la gravedad y prioridad de los problemas va a estar en buena parte condicionada por este conocimiento, cuya socialización, a su vez, está mediada por los valores y la cultura de un país o región particular, en buena medida determinados y transmitidos por los procesos de educación formal e informal.
Es necesario que tanto los gobernantes como los ciudadanos seamos conscientes de que estos derechos humanos, forman un círculo virtuoso en donde el acceso a la información pública forma a los ciudadanos y permite que se ejerza de esta forma no solo mayor participación sino una participación informada y responsable.
A pesar de que el Decreto Ejecutivo No. 123 de 14 de agosto de 2009 dedica el Título IV a garantizar la participación ciudadana en el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, en la práctica son muchas las quejas por parte de la sociedad civil y de los ciudadanos en cuanto al incumplimiento por parte de los promotores de esta normativa.
Las principales quejas y denuncias de la sociedad civil en cuanto al ejercicio efectivo de la participación ciudadana son: La falta de transparencia del promotor que omite la consulta a las comunidades afectadas que salen a protestar, porque se dan cuenta que un proyecto tiene el Estudio de Impacto Ambiental aprobado cuando está en la fase de ejecución. Por otro lado se presentan las encuestas (que supuestamente se realizan en las comunidades afectadas) con muchas deficiencias, como es el caso que no constan o no coinciden los datos de los supuestos encuestados como número de cédula, dirección del encuestado, no se detalla lugar donde se aplicó la encuesta, no se detalla ni fecha ni hora en la que se realizó la encuesta ni datos demográficos.
Se presentan encuestas en las que los supuestos encuestados no residen en las áreas directamente afectadas por el proyecto a ejecutar. Y se realizan los foros en áreas que no son directamente afectadas por los proyectos a ejecutar, por lo que se dificulta la participación de los ciudadanos directamente afectados.
Presidente de la Fundación Guardianes del Ambiente
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