Rosario A. de Galindo
Presidenta
Dr. Harmodio AriasAparece por primera vez el diario en castellano "El Panamá América" con él Dr. Harmodio Arias M. como director.
Dr. Harmodio Arias Jr
Dr. Roberto AriasDurante este año sale a la luz pública el primer tabloide panameño “La Hora” propiedad de los hijos del Dr. Harmodio Arias M., Harmodio Arias Jr. y Roberto Arias G. Ese mismo año se instala y comienza transmisiones la Red Panamericana en el edificio de Calle H.
Dr. Gilberto AriasComienza a publicarse el tabloide "Crítica" de propiedad de Gilberto Arias G., hijo del Dr. Harmodio Arias M. Tanto "Crítica" como "La Hora" mantenían contratos con EPASA para su Publicación.
Doña Rosario A. de GalindoFallece el Dr. Harmodio Arias M., dueño del 93% de las acciones de EPASA. Rosario Arias de Galindo es elegida presidenta de la empresa.
Omar TorrijosLa Guardia Nacional da golpe de Estado al Presidente Arnulfo Arias y clausura todos los medios de comunicación.
Licdo. Modesto JustinianiEl entonces Vice-Ministro de Gobierno y Justicia, Licdo. Modesto A. Justiniani F., notifica telefónicamente a la presidenta de EPASA, Rosario Arias de Galindo, que una nueva administración se encargará de EPASA.
Graciela CampagnamRepresentada por el abogado, Dr. Carlos Rangel M., la sociedad Tawmac S.A., cuya presidenta y representante legal era la señora Ama Graciela Campagnani de McGrath, poseedora del 13.8% de las acciones de la Editora Panamá América S.A., entabla acción legal contra la misma en los Tribunales de Justicia. Ese mismo día se acoge la demanda y se convoca a Asamblea General de accionistas.
Leo SantizoSeis (6) días hábiles después, el Juez Primero del Circuito, Licdo. Lao Santizo Pérez, declara a EPASA en estado de liquidación y designa como liquidadores a los señores Rubén Blades y Lenín Sucre. Sin que mediara fórmula de juicio alguna, se despojó así a la gran mayoría de los accionistas de todos sus derechos en la empresa.
Rodrigo González
Ing. Franklin Arosemena
Licdo. Alberto L. TuñónDurante el período comprendido entre el año de 1971, que se traspasaron ilegalmente los bienes de EDITORA PANAMÁ AMERICA, S. A. a EDITORA RENOVACIÓN, S. A., y el año de 1989 que cayó la dictadura, los directores de EDITORA PANAMÁ AMERICA, S. A., GILBERTO ARIAS (q.d.D.g.) y ROSARIO ARIAS DE GALINDO, acudieron a todos los foros Internacionales que pudieron para denunciar el despojo judicial del cual habían sido víctimas por parte del gobierno castrense de la República de Panamá. No hubo oportunidad que no fuera aprovechada para exponer la situación.
La Sociedad Interamericana de Prensa la cual consideró siempre la familia Arias Guardia como los legítimos dueños de la Editora Panamá América,' S. A. emitieron durante estos años severas críticas y fuertes resoluciones condenando este despojo y enviaron numerosas delegaciones de protesta ante la dictadura castrense.
Por otra parte, se estimó que era altamente peligroso llevar el asunto a la Corte Suprema de Justicia de Panamá, nombrada por los militares, porque ella dictaría un fallo que sería adverso a los Intereses de EDITORA PANAMÁ AMERICA, S. A., por cuanto durante dicho período todo estaba sujeto a la voluntad de. los cuarteles. Además, un fallo contrario de la Corte Suprema de Justicia impediría en el futuro a EDITORA PANAMÁ AMERICA solicitar a ese Alto Tribunal, como efectivamente lo hizo después, que se declara nulo todo lo actuado en su contra por inconstitucional.
Manuel A. NoriegaDirectiva Editora Renovación S.A. (ERSA) Escritura Pública No. 8546 Notaría 4ta. Presidente Rodrigo González Jurado Vice-Presidente Manuel Antonio Noriega Tesorero Gerardo González Vernaza Secretario Juan Materno Vásquez de León Sub-Secretario Modesto A. Justiniani Flores.
REGRESO A LA DEMOCRACIA
Rubén Darío CarlesEl Presidente Endara contesta a la presidenta de EPASA y le dice: "Su carta plantea nuevas e interesantes cuestiones, las que debo analizar con asesoramiento del Consejo de Gabinete, el Procurador General de la Nación y el Gerente del Banco Nacional". Aclara que, sin embargo, debe partir hacia las Naciones Unidas y que se comunicará de nuevo con los Dres. Cardoze, Mendoza y Galindo a su regreso a fines de ese mismo mes de octubre.
Licdo.Guillermo EndaraAquí es bueno aclarar que el Ejecutivo puede vetar una Ley por dos razones: a) Porque la estime inconveniente a los intereses nacionales por algún motivo;, y b) Por inexequible, es decir, por inconstitucional.
En el primero de los supuestos, si la Asamblea la aprueba por insistencia, se convierte en Ley de la República. En el segundo supuesto, si la Asamblea la aprueba por insistencia con la mayoría requerida para este tipo de asuntos, el proyecto debe ser enviado a la Corte Suprema de Justicia para que ésta decida sobré su inconstitucionalidad.
Por el tipo de veto del ejecutivo se agravan y alargan aún más los 23 años y 11 meses de lucha de EDITORA PANAMÁ AMERICA, S.A., para recobrar sus bienes.
A pesar del fallo unánime de la Corte Suprema.de Justicia del 3 de agosto de 1990, el problema laboral continúa vigente, con demandas que se han formalizado en todos los Juzgados Seccionales de Trabajo, las Juntas de Conciliación y decisión y la Dirección General de Trabajo. La cuantía de las mismas llega a un gran total cercano a los cuatro millones de balboas.
El Ministerio de Trabajo, a través de su Dirección General, decretó un aseguramiento de todos los bienes de la Editora Panamá América, S.A. para garantizar los posibles resultados de estas reclamaciones. Se nombró a título personal, a doña Rosario Arias de Galindo depositaria de todos. Esta situación, altamente irregular, impide el desarrollo normal de las operaciones de la empresa.
En lo laboral, lo peor es el expediente de la demanda acumulada de los Sindicatos de Tipógrafos y Periodistas, que envuelve aproximadamente a trescientos cuarenta y cinco trabajadores.
La Ley 27 de 24 de diciembre de 1990, no ha sido aplicada todavía porque su constitucionalidad ha sido cuestionada por los Sindicatos de Tipógrafos y Periodistas y está pendiente un pronunciamiento al respecto de la Corte Suprema de Justicia.
Por lo que se refiere a la Ley 79 de 30 de junio de 1992, la Asamblea Legislativa volvió a aprobarla por insistencia el 23 de sept. de 1992 con los votos afirmativos de más de las dos terceras partes de los miembros de la legislatura. Este cuerpo pasó por encima del veto presidencial. La Ley se encuentra ahora ante el pleno de la Corte Suprema, la cual debe pronunciarse sobre su constitucionalidad.

