Ciudad de Panamá, jueves 17 de mayo de 2012




[Artículo publicado el martes 5 de Enero de 1993]

En el Tercer Aniversario de la reaparición de El Panamá América y Crítica Libre

Editora Panamá América S.A.

A la Ciudadanía

Presentamos una relación suscinta y cronológica de la historia y del vía crucis atravesado por la empresa Editora Panamá América, S.A. (EPASA) y la familia Arias, sus legítimos dueños, en sus esfuerzos por recobrar lo que legal y moralmente les pertenece.

 EDITORA PANAMÁ AMÉRICA

 Rosario A. de Galindo
 Presidenta

1925

Nelson Rounsevell funda The Panamá American Publishing Company, Inc. para publicar el diario "The Panamá American" en inglés, encaminado a servir a la colonia norteamericana en la Zona del Canal.
5 de diciembre de 1928
Dr. Harmodio Arias

Aparece por primera vez el diario en castellano "El Panamá América" con él Dr. Harmodio Arias M. como director.

15 de septiembre de 1938
El Dr. Harmodio Arias M. adquiere de Nelson Rounsevell la mayoría de acciones de "The Panamá American Publishing Company, Inc." y asume inmediatamente la presidencia y administración de la empresa. A su vez nombra al Dr. Octavio Fábrega como director de "El Panamá América" en castellano. La empresa permanece funcionando en el edificio de su propiedad situado en la Calle "H" (al costado del Instituto Nacional) y continúa la publicación de "The Panamá American" en inglés. Cabe anotar que durante los años de la Segunda Guerra Mundial EPASA se convierte en baluarte de la lucha contra el nazi-fascismo, antisemitismo y totalitarismo a todo nivel.
1947
Dr. Harmodio Arias Jr
Dr. Roberto Arias

Durante este año sale a la  luz pública el primer tabloide panameño “La Hora” propiedad de los hijos del Dr. Harmodio Arias M., Harmodio Arias Jr. y Roberto Arias G. Ese mismo año se instala y comienza transmisiones la Red Panamericana en el edificio de Calle H.

1955
EPASA desarrolla en Parque Lefevre la barriada El Panamá América, que aún conserva su nombre, para brindar soluciones de vivienda a sus empleados. Este fue uno de los primeros proyectos de vivienda de carácter social en Panamá.
Diciembre 1958
Dr. Gilberto Arias

Comienza a publicarse el tabloide "Crítica" de propiedad de Gilberto Arias G., hijo del Dr. Harmodio Arias M.  Tanto "Crítica" como "La Hora" mantenían contratos con EPASA para su Publicación.

1960
EPASA adquiere nueve mil quinientos metros cuadrados (9,500 m2) en la Vía Fernández de Córdoba y esquina con Calle Jorge Zarak. A la vez inicia estudios para la compra de un equipo completo de impresión por medio del novedoso sistema de "offset" y para la construcción de un edificio especial para albergar allí a la empresa.
23 de diciembre de 1962
Doña Rosario A. de Galindo

Fallece el Dr. Harmodio Arias M., dueño del 93% de las acciones de EPASA. Rosario Arias de Galindo es elegida presidenta de la empresa.

1963
EPASA termina de instalar el moderno equipo de impresión que ha adquirido --incluyendo una nueva rotativa del tipo Gus URD-508 a colores-- lo mismo que la Red Panamericana y los depósitos de papel en el nuevo edificio construido en la Vía Fernández de Córdoba.
1966
EPASA saca a la luz pública un nuevo tabloide de su propiedad --"Expreso".
11 de octubre de 1968
Omar Torrijos

La Guardia Nacional da golpe de Estado al Presidente Arnulfo Arias y clausura todos los medios de comunicación.

14 de octubre de 1968
Se permite la reapertura de todos los medios de comunicación bajo censura, excepto los de EPASA.
1 de noviembre de 1968
No es sino diez y ocho días después cuando la Guardia Nacional permite la publicación de los diarios de EPASA después de asignarles censores y cambiar todos sus directores.
6 de enero de 1969
Licdo. Modesto Justiniani

El entonces Vice-Ministro de Gobierno y Justicia, Licdo. Modesto A. Justiniani F., notifica telefónicamente a la presidenta de EPASA, Rosario Arias de Galindo, que una nueva administración se encargará de EPASA.

7de enero de 1969
Acompañada por un oficial de la 'Guardia Nacional y por un Juez, se encarga de la administración de EPASA a la Sra. Consuelo de Carles, iniciando inmediatamente destituciones en los distintos departamentos de la empresa. Se consolidan así "de hecho" los primeros pasos para el despojo de la Editora Panamá América, S.A.
18 de julio de 1969
Graciela Campagnam

Representada por el abogado, Dr. Carlos Rangel M., la sociedad Tawmac S.A., cuya presidenta y representante legal era la señora Ama Graciela Campagnani de McGrath, poseedora del 13.8% de las acciones de la Editora Panamá América S.A., entabla acción legal contra la misma en los Tribunales de Justicia. Ese mismo día se acoge la demanda y se convoca a Asamblea General de accionistas.

28 de julio de 1969
Leo Santizo

Seis (6) días hábiles después, el Juez Primero del Circuito, Licdo. Lao Santizo Pérez, declara a EPASA en estado de liquidación y designa como liquidadores a los señores Rubén Blades y Lenín Sucre. Sin que mediara fórmula de juicio alguna, se despojó así a la gran mayoría de los accionistas de todos sus derechos en la empresa.

13 de agosto de 1969
Doce días hábiles después, los liquidadores Blades y Sucre solicitan al Juez Primero del Circuito, Licdo. Lao Santizo Pérez, la liquidación de EPASA y éste accede a su petición.
22 de julio de 1971
Rodrigo González
Ing. Franklin Arosemena
Licdo. Alberto L. Tuñón
Editora Renovación, S.A. (ERSA) es constituida por medio de escritura pública, figurando como suscriptores y accionistas los Sres. Rodrigo González Jurado (amigo muy cercano del dictador Torrijos) y Franklin Arosemena Zambrano (casado con Berta Torrijos), cada uno con veinticinco acciones. La primera directiva se compone de Rodrigo González Jurado como presidente, Franklin Arosemena Zambrano como tesorero y Alberto Luis Tuñón Núñez (amigo personal del dictador Torrijos) como secretario.
23 de agosto de 1971
El liquidador de EPASA (en ese entonces David Córdoba, nombrado por el Banco Nacional) traspasa mediante escritura pública a ERSA todos los activos, pasivos y valores de EPASA inventariados por Rubén Blades y Lenín Sucre, incluyendo, entre otros, la franquicia, maquinaria, vehículos de transporte y bienes raíces (edificios en Vía Fernández de Córdoba y Calle H), lo mismo que acciones en otras compañías. Es decir, se incluye el activo bruto en el traspaso, medida que es también ilegal. Desde entonces, y por un lapso de veintiún años, los militares y sus seguidores usufructúan los bienes de la familia Arias en forma totalmente ilegal.
Año 1971 a 1989:

Durante el período comprendido entre el año de 1971, que se traspasaron ilegalmente los bienes de EDITORA PANAMÁ AMERICA, S. A. a EDITORA RENOVACIÓN, S. A., y el año de 1989 que cayó la dictadura, los directores de EDITORA PANAMÁ AMERICA, S. A., GILBERTO ARIAS (q.d.D.g.) y ROSARIO ARIAS DE GALINDO, acudieron a todos los foros Internacionales que pudieron para denunciar el despojo judicial del cual habían sido víctimas por parte del gobierno castrense de la República de Panamá. No hubo oportunidad que no fuera aprovechada para exponer la situación.

La Sociedad Interamericana de Prensa la cual consideró siempre la familia Arias Guardia como los legítimos dueños de la Editora Panamá América,' S. A. emitieron durante estos años severas críticas y fuertes resoluciones condenando este despojo y enviaron numerosas delegaciones de protesta ante la dictadura castrense.

Por otra parte, se estimó que era altamente peligroso llevar el asunto a la Corte Suprema de Justicia de Panamá, nombrada por los militares, porque ella dictaría un fallo que sería adverso  a los Intereses de EDITORA PANAMÁ AMERICA, S. A., por cuanto durante dicho período todo estaba sujeto a la voluntad de. los cuarteles. Además, un  fallo contrario de la Corte Suprema de Justicia impediría en el futuro a EDITORA PANAMÁ AMERICA solicitar a ese Alto Tribunal, como efectivamente lo hizo después, que se declara nulo todo lo actuado en su contra por inconstitucional.

18 de septiembre de 1981
Manuel A. Noriega

Directiva Editora Renovación S.A. (ERSA) Escritura Pública No. 8546 Notaría 4ta. Presidente Rodrigo González Jurado Vice-Presidente Manuel Antonio Noriega Tesorero Gerardo González Vernaza Secretario Juan Materno Vásquez de León Sub-Secretario Modesto A. Justiniani Flores.

REGRESO A LA DEMOCRACIA

20 de diciembre de 1989
La dictadura militar llega a su fin.
26 de diciembre de 1989
Rosario Arias de Galindo y Gilberto Arias, presidenta y vicepresidente de la Editora Panamá América, S.A., respectivamente, se presentan con un grupo de amigos, lo mismo que periodistas panameños y extranjeros, a las instalaciones y edificios de su propiedad en Vía Fernández de Córdoba y toman posesión de los mismos.
5 de enero de 1990
EPASA reanuda la publicación de los diarios "El Panamá América" y "Crítica", esta última bajo el nuevo nombre de "Crítica Libre".
3 de agosto de 1990
Ante demanda de inconstitucionalidad presentada por EPASA, la Corte Suprema de Justicia emite, por unanimidad, un fallo de inconstitucionalidad. En lenguaje común el fallo significa que EPASA fue despojada de sus bienes por la dictadura; que este despojo es inconstitucional; que dicho fallo es retroactivo a la fecha del despojo; y que EPASA no tiene, desde ningún punto de vista, obligación de pagar las deudas contraídas por la dictadura durante veintiún años a través de ERSA.
5 de septiembre de 1990
El 5 de septiembre de 1990, EPASA solicita en ejecución del fallo del 3 de agosto de 1990 de la Corte Suprema de Justicia, la nulidad de traspaso de bienes de EDITORA RENOVACIÓN, S.A. e hipotecas constituidas por ésta a favor del BANCO NACIONAL DE PANAMÁ.
6 de noviembre de 1990
El BANCO NACIONAL DE PANAMA se opone a la ejecución del fallo de la Corte Suprema de Justicia; solicita se rechace la demanda, y a falta de ello solicita que el CHASE MANHATHAN BANK devuelva unos dineros.
22 de noviembre de 1990
EDITORA PANAMÁ AMERICA, S.A. se opone al llamamiento a juicio del banco THE CHASE MANHATTAN BANK..
24 de diciembre de 1990
Como el Presidente vetó la Ley 27 de 1990, el día 9 de noviembre de 1990, la Asamblea Legislativa la aprobó por insistencia el 24 de diciembre. Esta ley exonera a cualquier empleador de prestaciones laborales incurridas durante períodos en los cuales el legítimo propietario ha sido despojado de sus bienes por actos inconstitucionales o ilegales. Este es, clarísimamente el caso de la "EDITORA PANAMÁ AMERICA".
18 de febrero de 1991
El Licdo. J.S. Muñoz, abogado de EPASA, dirige carta al Gerente del Banco Nacional, Ing. Agrónomo Luis H. Moreno, requiriéndole copia de la opinión jurídica del abogado consultor del Banco Nacional, señalándole así mismo que EPASA tiene urgencia en resolver los problemas económicos causados por las muchas demoras en resolver su caso.
10 de abril de 1991
EPASA dirige carta al Gerente del Banco Nacional proponiéndole entablar conversaciones, en vista del estancamiento en la solución de su problema a pesar del fallo unánime de la Corte Suprema de Justicia de ocho meses antes.
16 de abril de 1991
THE CHASE MANHATTAN BANK se opone también a ser llamado al proceso.
16 de abril de 1991
El Dr. Carlos Bolívar Pedreschi, abogado consultor del Banco Nacional, le dirige carta al ing. Agrónomo Luis H. Moreno, Gerente General del Banco Nacional, en la que le expresa que él comparte los fundamentos jurídicos del fallo de la Corte Suprema en el caso de EBASA.
22 de abril de 1991
En reunión celebrada en Miami, la Sociedad Interamericana de Prensa emite una fuerte resolución pidiendo al gobierno democrático de Panamá que resuelva pronto el caso de despojo de la Editora Panamá América, el cual lleva ya pendiente de resolución veintiún años bajo la dictadura y un año y dos meses bajo el gobierno democrático.
23 de abril de 1991
Rosario Arias de Galindo y el Dr. Gabriel Galindo A., presidenta y vicepresidente respectivamente de EPASA, se reúnen con el Gerente del Banco Nacional para discutir el problema pendiente y le presentan una propuesta de EPASA para que sea discutida con la Junta Directiva del Banco Nacional.
25 de abril de 1991
Pribanco otorga a la Editora Panamá América, S.A. financiamiento por B/.4,000,000.00 (4 millones) para la adquisición de la nueva rotativa y el equipo periférico de procesamiento de información. Esta transacción estaba sujeta al traspaso del Banco Nacional a la Editora Panamá América de sus propiedades en la Ave. Fernández de Córdoba, las cuales habían sido hipotecadas* por la Editora Renovación S.A., (ERSA).
25 de abril de 1991
El Juzgado Séptimo del Primer Circuito Judicial de Panamá admite la denuncia formulada por él Banco Nacional de Panamá y .ordena citar- a THE CHASE MANHATTAN BANK. Contra dicha resolución apelan los representantes legales de THE CHASE MANHATTAN BANK y EDITORA PANAMÁ AMERICA, S.A.
2 de mayo de 1991
El Gerente del Banco Nacional envía carta a EPASA aceptando llevar a la Directiva del Banco Nacional la propuesta de efectuar una reunión entre las juntas directivas de EPASA y el Banco Nacional.
18 de junio de 1991
La presidenta de EPASA envía carta al gerente del Banco Nacional recordándole la carta que el abogado de EPASA le había enviado el 18 de febrero, en la que le señalaba que había transcurrido ya tiempo suficiente (4 meses) y que la empresa estaba a punto de perder el financiamiento ofrecido por el Primer Banco de Ahorros (Pribanco) debido a la demora en solucionar su problema.
20 de junio de 1991
El Gerente General del Banco Nacional, Ing. Agrónomo Luis H. Moreno, informa por carta a la presidenta de EPASA que ha recibido instrucciones de la Junta Directiva del Banco Nacional de iniciar conversaciones con EPASA respecto a las condiciones para liberar las hipotecas constituidas por ERSA sobre los bienes de EPASA a favor del Banco Nacional, y nombra como negociadores por parte del Banco a los señores Eduardo Paz-miño, Fanny de Correa e Iván Franceschi, altos funcionarios del Banco Nacional por varios años.
27 de junio de 1991
Rockwell International envía carta a EPASA notificándole que debido a la demora en solucionar su problema se ha visto obligada a colocar todo el pedido encargado por EPASA -incluyendo la rotativa-- en un depósito. Advierte que sólo podrá esperar hasta el 18 de julio para su envío y que de cancelarse este pedido, la preparación de equipo equivalente para su envío a Panamá tomaría de nuevo entre diez y doce meses.
3 de julio de 1991
La Presidenta de EPASA envía carta al Banco Nacional, con copia a la Junta Directiva de dicho banco, haciéndole formal propuesta para que sea discutida en reunión de ambas directivas. La propuesta consiste en cancelar al Banco Nacional, a pesar de estar legal-mente prescrita, la suma de B/.460,000 que EPASA debía al Chase Manhattan Bank en 1969 y que el Banco Nacional le canceló al Chase Manhattan Bank. EPASA indica que desea llegar a una transacción total para levantar las hipotecas sobre sus propiedades, que fueron ilegalmente traspasadas a ERSA, lo cual solucionaría los perjuicios que tantas demoras le están causando a EPASA.
4 de julio de 1991
Se celebra reunión entre las Juntas Directivas de EPASA y el Banco Nacional con asistencia del Gerente General del Banco, Ing. Agrónomo Luis H. Moreno, durante la cual EPASA propuso formalmente pagar no sólo los B/.460,000" cancelados al Chase Manhattan Bank en 1969, sino B/,90,000 por el arrendamiento del equipo perteneciente a ERSA que se encuentra todavía en las instalaciones de Editora Panamá América, (o sea un total de B/.550.000).
5 de julio de 1991
El Banco Nacional llama a EPASA a negociar y ésta envía como su representante a Francisco Arias V. La gerencia del Banco Nacional nombra como negociadores a los señores Eduardo Pazmiño, Iván Franceschi y Francisco Vásquez, quiénes son altos y antiguos funcionarios del Banco Nacional. Estos proponen la suma de B/. 1,397,000 (un millón trescientos noventa y siete mil). Después de mucho discutir, el señor Arias advirtió que muy probablemente EPASA no aceptaría dicha suma, ya que la suma total de las hipotecas era de casi B/.1,900,000 (un millón novecientos mil).
9 de julio de 1991
La presidenta de EPASA envía carta a la Junta Directiva del Banco Nacional en la que le expresa su sorpresa por la suma requerida por los negociadores, después de la oferta hecha por EPASA durante la reunión de ambas directivas el día 4 de julio. La suma requerida de B/. 1,397,000 parecía reiterar posiciones anteriores. Indica que esta propuesta incluía puntos que no se alcanzaban a comprender, por ejemplo, uno que parecía exigir la compra por EPASA de ciertos bienes de propiedad de ERSA. Anota la señora Galindo que EPASA no sabe si la posición mencionada es, en efecto, una posición de la Junta Directiva del Banco Nacional.
10 de julio de 1991
EPASA dirige carta a Pribanco y a Rockwell International cancelando tanto la solicitud del préstamo ofrecido como el pedido del equipo de impresión y la rotativa.
17 de julio de 1991
E! Banco Nacional dirige carta a EPASA indicando que la propuesta de B/.1,397,000 no constituye posición inalterable.
22 de julio de 1991
Los representantes legales de THE CHASE MANHATTAN BANK y EDITORA PANAMÁ ¦ AMERICA, S.A., sustentan ante el Primer Tribunal Superior de Justicia la apelación contra el auto del Juzgado Séptimo del Circuito de Panamá, que ordena que comparezca THE CHASE MANHATTAN BANK. Desde entonces 22 de julio de 1991, se encuentra para resolver dicho asunto en el Tribunal Superior de lo Civil.
21 de agosto de 1991
En vista de que ya lleva más de un año tratando de llegar a algún arreglo y el hecho de que ha perdido la oportunidad de adquirir un equipo nuevo, problemas que son conocidos por la gerencia del Banco Nacional, la Junta Directiva de EPASA decide no reiniciar conversaciones.
5 de septiembre de 1991
El abogado de EPASA, Lie. J.S. Muñoz, envía carta al gerente del Banco Nacional, Ing. Agrónomo Luis H. Moreno, requiriéndole que, como se trata de un documento oficial, se sirva ordenar que se le entregue una copia de la opinión jurídica del asesor del Banco Nacional, Dr. Carlos Bolívar Pedres-Chi, en relación con el caso EPASA-ERSA. El día 10 del mismo mes el Banco Nacional envía nota al Lie. Muñoz negándose a entregar dicha copia.
6 de septiembre de 1991
La Junta Directiva del Banco Nacional envió carta al presidente Préndente Guillermo Endara en la que le expresa, entre otras cosas, que "La Junta Directiva estableció como meta de negociaciones para lograr un arreglo con la Editora Panamá América, S.A. la suma de B/.740.000 (setecientos cuarenta mil)..." "Invocando la potestad legal a que nos referimos al inicio de esta carta, el Gerente General Luis H. Moreno rechazó la decisión de la Junta Directiva, aduciendo fundamentalmente que no es práctica bancaria aceptable liberar garantías recibiendo pagos por sólo parte reducida de la deuda de ERSA".

"Les informamos que procederemos nuevamente a requerir de la administración del Banco un arreglo con Editora Panamá América, siguiendo los lineamientos aprobados por la Junta Directiva"... "Después de recibir extenso asesoramiento legal y realizar deliberaciones exhaustivas, concluimos que no es correcto pretender cobrarle a la Editora Panamá América, dinero que el Banco le prestó a ERSA y qué no se utilizaron en beneficio de la primera. Así lo reconoce la Corte Suprema de Justicia en su fallo de 3 de agosto de '1990 que invalida lo actuado en perjuicio de Editora Panamá América, S.A."... "La actuación del gerente general en el caso del Panamá América ilustra y de-, muestra la imperiosa necesidad de modificar los aspectos de la Ley Orgánica del Banco antes citados. Estos preceptos legales crean una situación inaudita y peligrosa; por un lado el Gerente General-del Banco Nacional no responde a la autoridad de la Junta [Directiva como debe ser en toda organización y, por otro lado, rió responde al Presidente de la República ya que la ley establece la autonomía de la Institución". "Como comprenderá, es sumamente peligroso que el Banco Nacional que maneja todos los fondos del Estado Panameño sea dirigido por una persona que no está bajo la autoridad de nadie.
Domingo 8 de septiembre de 1991
A las 6:00 de la tarde reciben los medios de comunicación para su publicación al día siguiente un "Comunicado" de la Presidencia en el que el Presidente Endara apoya la posición del Gerente General del Banco Nacional, Ing. Agrónomo Luis H. Moreno, en relación con la posición mantenida por la Junta Directiva del Banco Nacional relacionada con la Editora Panamá América, S.A*
10 de septiembre de 1991
El Gerente General del Banco Nacional le envía carta al Presidente Endara, la cual le fue enviada a los medios de comunicación para su publicación, en la que al agradecerle su "espontáneo y total respaldo" le sugiere someter este delicado incidente al respeto de la ley en la figura de arbitraje".
12 de septiembre de 1991
Los medios de comunicación informan que el Presidente Endara presentó ante el Consejo de Gabinete la sugerencia del Gerente General del Banco Nacional de someter a arbitraje el caso de Editora Panamá América, S.A. Indican que los ministros de Estado dieron su apoyo a dicha sugerencia y que el Procurador General de la Nación, quien participó en dicho Consejo de Gabinete, emitió "opinión favorable" al arbitraje en cumplimiento del Artículo 195 de la Constitución Nacional.
13 de septiembre de 1991
El Presidente Endara envía carta a la presidenta de EPASA, Sra. Rosario Arias de Galindo, informándole de la decisión del Consejo de Gabinete, el cual, con el concepto favorable del Procurador General de la Nación, autorizó al Presidente de la Repúb1ica a someter la controversia EPASA-ERSA a arbitraje. Notifica asimismo a la señora de Galindo que dicho contrato será negociado a nombre del Estado por el Gerente General del Banco Nacional, Ing. Agrónomo Luis H. Moreno y, por EPASA, por la persona que ésta designe.
13 de septiembre de 1991
Comunicado expedido por la gerencia del Banco Nacional de Panamá, refiriéndose a la carta que la Directiva le entregó al Presidente Endara y que fue publicada en los medios de comunicación aclarando, entre otras cosas, que "la Gerencia ha manifestado desde el inicio de su gestión la necesidad de revisar la Ley Orgánica del Banco Nacional de Panamá. Esto consta en la Memoria del Banco de 1990 y ha sido discutido con el Contralor General de la República y el Ministro de Hacienda. (Todavía no ha sido reformada)..
27 de septiembre de 1991
La presidenta de EPASA, Rosario Arias de Galindo, contesta la carta enviada por el Presidente Endara el día 13 de septiembre y le reitera que EPASA ha estado siempre dispuesta a honrar sus obligaciones, pero no aquellas de terceros, es decir, de ERSA, la empresa qué sirvió de vehículo para desposeer a Editora Panamá América, S.A. de sus bienes contra la voluntad de sus legítimos dueños y en detrimento evidente de sus intereses durante más de veinte años. Agrega la señora de Galindo que ante casos similares y debido a la complejidad de los problemas que han surgido, otros países latinoamericanos como Perú y Argentina han estimado como lo más conveniente expedir una ley adecuada; que en el marco del arbitraje, el arbitraje de equidad es el mecanismo más conveniente para dirimir el conflicto y que deberán tomarse en consideración los muchos aspectos de la situación al celebrarse el pacto de arbitraje.
1 de octubre de 1991
Los Dres. Fernando Cardoze, Carlos Alberto Mendoza y Gabriel Galindo A. visitan al Presidente Endara, le hacen entrega de la carta de la presidencia de Epasa de fecha 27 de septiembre y cruzan ideas con él sobre los planteamientos hechos en dicha carta.
2 de octubre de 1991
El Presidente Endara contesta a la presidenta de EPASA y le dice: "Su carta plantea nuevas e interesantes cuestiones, las que debo analizar con asesoramiento del Consejo de Gabinete, el Procurador General de la Nación y el Gerente del Banco Nacional". Aclara que, sin embargo, debe partir hacia las Naciones Unidas y que se comunicará de nuevo con los Dres. Cardoze, Mendoza y Galindo a su regreso a fines de ese mismo mes de octubre.
18 de octubre de 1991
Rubén Darío Carles

El Presidente Endara contesta a la presidenta de EPASA y le dice: "Su carta plantea nuevas e interesantes cuestiones, las que debo analizar con asesoramiento del Consejo de Gabinete, el Procurador General de la Nación y el Gerente del Banco Nacional". Aclara que, sin embargo, debe partir hacia las Naciones Unidas y que se comunicará de nuevo con los Dres. Cardoze, Mendoza y Galindo a su regreso a fines de ese mismo mes de octubre.

25 de octubre de 1991
El Sr. Eduardo Ulibarri informa en la reunión de la SIP llevada a cabo en octubre en Sao Paolo, Brasil, que el Presidente de Panamá, Sr. Guillermo Endara Galimany, le ha informado que el Contralor General de la República tiene la última palabra en relación con la solución del problema de EPASA, que lleva ya veintitrés años. La SIP emite una fuerte resolución en la que le pide al gobierno democrático de Panamá la pronta y total solución del problema de EPASA, el cual viene arrastrándose durante veintiún años de dictadura y dos en democracia.
Noviembre de 1991
El Procurador General de la Nación emite declaraciones públicas en las que indica que al Estado no le está permitido entrar en arbitraje de equidad.
30 junio de 1992
Siguiendo la práctica que se ha adoptado en otros países, tales como Argentina y Perú, en los que han ocurrido casos similares a EPASA, la Asamblea Nacional de Panamá aprobó por abrumadora mayoría la Ley 79 de 30 de junio de 1992, mediante la cual se reconoció a EDITORA PANAMÁ AMERICA, S.A., la propiedad sobre los bienes de los cuales fueron despojados y se resolvía el problema laboral planteado en la empresa, como con- , secuencia de los años de dictadura militar. Con dicha Ley se solucionaban, de una vez y definitivamente, todos los problemas que con motivo del despojo judicial se habían creado.
6 de agosto de 1992
Licdo.Guillermo Endara
El Presidente de la República de Panamá, en un extenso documento de 18 páginas, vetó por inexequible la Ley No. 79 de 30 de junio de 1992. El Ejecutivo procura justificar dicho veto aduciendo en pocas palabras que se trataba de un problema entre dos empresas privadas - EDITORA PANAMÁ AMERICA, S.A., y EDITORA RENOVACIÓN, S.A.,- que había sido conocido por los Tribunales de Panamá, y que a su juicio dicha situación atentaba contra la división de los poderes del Estado, provocando el vicio de inconstitucionalidad.

Aquí es bueno aclarar que el Ejecutivo puede vetar una Ley por dos razones: a) Porque la estime inconveniente a los intereses nacionales por algún motivo;, y b) Por inexequible, es decir, por inconstitucional.

En el primero de los supuestos, si la Asamblea la aprueba por insistencia, se convierte en Ley de la República. En el segundo supuesto, si la Asamblea la aprueba por insistencia con la mayoría requerida para este tipo de asuntos, el proyecto debe ser enviado a la Corte Suprema de Justicia para que ésta decida sobré su inconstitucionalidad.

Por el tipo de veto del ejecutivo se agravan y alargan aún más los 23 años y 11 meses de lucha de EDITORA PANAMÁ AMERICA, S.A., para recobrar sus bienes.

5 de enero de 1993
La Editora Panamá América, S. A., ha enfrentado una difícil situación, en el cargo laboral, desde el inicio de su segunda época. Ello se ha debido a que más de trescientas cuarenta personas, que laboraban para Editora Renovación S. A. (ERSA) pretenden reclamarle sus prestaciones laborales a EPASA.

A pesar del fallo unánime de la Corte Suprema.de Justicia del 3 de agosto de 1990, el problema laboral continúa vigente, con demandas que se han formalizado en todos los Juzgados Seccionales de Trabajo, las Juntas de Conciliación y decisión y la Dirección General de Trabajo. La cuantía de las mismas llega a un gran total cercano a los cuatro millones de balboas.

El Ministerio de Trabajo, a través de su Dirección General, decretó un aseguramiento de todos los bienes de la Editora Panamá América, S.A. para garantizar los posibles resultados de estas reclamaciones. Se nombró a título personal, a doña Rosario Arias de Galindo depositaria de todos. Esta situación, altamente irregular, impide el desarrollo normal de las operaciones de la empresa.

En lo laboral, lo peor es el expediente de la demanda acumulada de los Sindicatos de Tipógrafos y Periodistas, que envuelve aproximadamente a trescientos cuarenta y cinco trabajadores.

La Ley 27 de 24 de diciembre de 1990, no ha sido aplicada todavía porque su constitucionalidad ha sido cuestionada por los Sindicatos de Tipógrafos y Periodistas y está pendiente un pronunciamiento al respecto de la Corte Suprema de Justicia.

Por lo que se refiere a la Ley 79 de 30 de junio de 1992, la Asamblea Legislativa volvió a aprobarla por insistencia el 23 de sept. de 1992 con los votos afirmativos de más de las dos terceras partes de los miembros de la legislatura. Este cuerpo pasó por encima del veto presidencial. La Ley se encuentra ahora ante el pleno de la Corte Suprema, la cual debe pronunciarse sobre su constitucionalidad.


En la presente gráfica apreciamos al Dr. Harmodio Arias Madrid, Presidente y Director de "El Panamá América", durante sus actividades, acompañado del corredor oficial de dicho periódico, señor Luis Gabriel Bunting, en las viejas instalaciones ubicadas en la calle H de la ciudad de Panamá, entre 1938 y 1962, año de su defunción.



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