Procuradora pudo abusar de autoridad al revelar pesquisas
La procuradora Kenia Porcell pudo incurrir en abuso de autoridad y extralimitación de funciones al permitir que la Alianza Ciudadana Pro Justicia ejerciera un "control ...
La procuradora Kenia Porcell pudo incurrir en abuso de autoridad y extralimitación de funciones al permitir que la Alianza Ciudadana Pro Justicia ejerciera un "control ...
- Redacción ([email protected])
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- @PanamaAmerica
- - Publicado: 07/10/2015 - 12:00 am
La procuradora Kenia Porcell pudo incurrir en abuso de autoridad y extralimitación de funciones al permitir que la Alianza Ciudadana Pro Justicia ejerciera un "control jurisdiccional" sobre los expedientes de alto perfil que adelanta el Ministerio Público.
Porcell reveló en TVN-2: "Nosotros hemos sido objeto de revisión por Alianza Ciudadana, que ha verificado y revisado las investigaciones que se han hecho". Esta actuación la justificó como un "control jurisdiccional".
Según el exfiscal auxiliar de la República Ángel Calderón, la Constitución Nacional establece de forma clara cuáles son las funciones del procurador general de la nación y en ninguna parte indica que grupos de la sociedad civil estén facultados para revisar los procesos legales.
Mientras, el exfiscal electoral y abogado litigante Víctor Almengor dijo que la actuación de la procuradora es "preocupante" porque ninguna norma autoriza que un grupo como la Alianza Ciudadana audite expedientes.
Porcell reveló en TVN-2 : "Nosotros hemos sido objeto de revisión por Alianza Ciudadana, que ha verificado y revisado las investigaciones que se han hecho". Esta actuación la justificó como un "control jurisdiccional".
El artículo 222 de la Constitución Política de Panamá sostiene, en su acápite 2, que es función del procurador "velar que los demás agentes del Ministerio Público desempeñen fielmente su cargo y que se les exija responsabilidad por faltas o delitos que cometan".
En tanto, el artículo 220, en su acápite 3, señala que es atribución del procurador "vigilar la conducta oficial de los funcionarios y que todos desempeñen cumplidamente sus deberes".'
Porcell violó normas de procedimiento que ella creó
La acción de la procuradora Porcell viola normas de conducta que ella misma estableció el 26 de enero de este año, mediante la circular PGN-FSL 01-2015, en la cual ordenó a sus subalternos que respetaran la reserva de todos los sumarios.
Porcell advirtió a sus subalternos que debían limitar el acceso del público a las investigaciones que se adelantan dentro de la institución.
Recordó en esa ocasión que el artículo 2040 del Código Judicial sostiene que solo podrán tener acceso a la reserva del sumario los abogados y las partes, quienes podrán enterarse del estado del proceso en cualquier momento, siempre y cuando estén acreditados por escrito ante el respectivo despacho.
No obstante, ahora Porcell permitió que un grupo de la sociedad civil con posturas beligerantes en los medios de comunicación social sobre casos de alto perfil revisaran y auditaran expedientes.
La procuradora prohibió en enero a sus subalternos que brinden información a los medios de comunicación sobre los casos que tramitan para garantizar la presunción de inocencia.
También sostuvo que su medida buscaba garantizar el ejercicio del derecho a la defensa y el contradictorio en el contexto del proceso penal.
Aseguró que bajo su administración se cumpliría con todas las normas legales vigentes para que todos los implicados en investigaciones gozaran de los derechos de la reserva del sumario y el respeto al principio constitucional de presunción de inocencia.
La orden de la procuradora Porcell incluye a todos los despachos del Ministerio Público que aplican el Sistema Procesal Acusatorio (SPA) y a las personerías de todo el país.
Doble juego
- El abogado Sofanor Espinoza dijo que él y su colega Ronier Ortiz denunciaron al secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad, Rolando López, y al ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán, por pinchazos telefónicos, pero no pueden ver el expediente.
- Espinoza, quien fue fiscal, comentó que Ortiz remitió una carta a la Procuraduría General de la Nación, en la cual señalaba que como denunciante no tenía acceso a las sumarias contra los mencionados servidores, no obstante, el secretario general de esta entidad, Rolando Rodríguez, le respondió que mientras se investigaba, no tendrían acceso al expediente.
Circular
1 de octubre, el Colegio Nacional de Abogados anunció públicamente que se separaba de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, sin revelar las razones. La junta directiva del CNA informó que a partir de esa fecha, todos los pronunciamientos sobre determinados temas nacionales se harían mediante comunicados suscritos por sus directivos y no a través de la Alianza Ciudadana.
Es decir, le toca a la procuradora velar por que sus subalternos cumplan las normas y no a un grupo particular.
Calderón agregó a esto que, según las normas legales, les corresponde también a los jueces evaluar las actuaciones de los fiscales, cuando estos remitan los expedientes.
"Ellos son los que van a determinar todas las situaciones en torno a las investigaciones o la instrucción sumarial", afirmó el reconocido abogado.
Agregó que mostrar expedientes a grupos no facultados legalmente para ello viola todos los aspectos legales, entre ellos, la presunción de inocencia y la reserva del sumario.
Indicó que si la procuradora ordenó que la Alianza Ciudadana viera los expedientes, lo hizo sin que una ley la respaldara.
"En ninguna ley dice que los organismos de la sociedad civil son los encargados de evaluar las actuaciones de los fiscales porque eso le compete a ella como procuradora", resaltó.
En un tuit, la Alianza Ciudadana Pro Justicia dijo que "todos los abogados pueden revisar expedientes" y que ellos llevan varios años haciendo esta labor.
El artículo 2040 del Código Judicial señala: "No habrá reserva del sumario para los abogados y para las partes, quienes podrán enterarse del estado del proceso en cualquier momento. Siempre y cuando estén acreditados por escrito ante el respectivo despacho, los asistentes y voceros de los abogados también tendrán acceso al expediente".
No obstante, la norma legal no habla de que grupos organizados beligerantes puedan ver expedientes y menos hacer "control jurisdiccional", como lo calificó la procuradora Porcell.
La jefa del Ministerio Público no precisó si los miembros de la Alianza revisaron los expedientes como abogados particulares o como un grupo de la sociedad civil. La Alianza está conformada por diferentes grupos y ha adoptado de forma constante y pública posiciones marcadas en torno a las investigaciones que realizan el Ministerio Público y la Corte Suprema de Justicia sobre casos de alto perfil.
Según juristas consultados, esto podría violentar la reserva del sumario y la presunción de inocencia y con ello, el debido proceso.
El artículo 2079 del Código Judicial establece: "La presunción de inocencia del imputado obliga a guardar reserva en cuanto a su nombre y otras señas que permitan la identificación o vinculación con el delito que se investiga. El incumplimiento de esta disposición constituirá delito de calumnia".
Además, se pone en duda la imparcialidad de las investigaciones, principio contemplado en el artículo 2099 del Código Judicial: "El funcionario de instrucción cuidará de hacer constar todas las circunstancias que agraven o disminuyan la culpabilidad del imputado... observando el mismo celo y exactitud con respecto de las que le favorezcan, como en relación a las que le sean adversas".
Acción preocupante
Según el exfiscal electoral Víctor Almengor, es preocupante que un grupo como la Alianza Ciudadana revise las actuaciones de los funcionarios de instrucción, ya que no está facultado legalmente para ello.
"Lo que sí me dejó con mucho temor y sumamente preocupado es el tema de que Alianza Ciudadana revise los expedientes y haga una evaluación de las medidas cautelares", comentó el abogado.
Indicó que esta acción viola la presunción de inocencia y la reserva del sumario, ya que tienen acceso al expediente personas no autorizadas por ley.
Entretanto, Alejandro Pérez calificó el tema como una "aberración jurídica", por la existencia de una justicia selectiva, ya que en el caso de las escuchas telefónicas, los defensores están vedados a mirar el expediente.
Subrayó que la ley establece que cuando una persona es investigada, tiene el derecho a acreditar un abogado defensor, pero en el caso de los "pinchazos", la defensa no puede ver las sumarias.
Preguntó cómo un abogado se acredita como defensor de un sindicado y lo puede asistir legalmente si el Ministerio Público le niega el acceso al expediente.
"Esa justicia, como es de persecución política, a los del gobierno de Martinelli les niega todo", señaló.
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