Panamá
Diputados analizan proyecto de ley que regula intereses de préstamos bancarios
El proyecto de ley se encuentra en la Comisión de Comercio de la Asamblea Nacional, a la espera del primer debate.
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- - Actualizado: 19/3/2021 - 03:16 pm
La subcomisión de Comercio de la Asamblea Nacional continúa con análisis del proyecto de ley 420, que busca establecer un marco regulatorio a las tasas de intereses de préstamos y créditos otorgados por bancos, empresas financieras y tarjetas de créditos, por motivo de la pandemia de la covid-19.
El presidente de la subcomisión, Elías Vigil, dijo que, según cifras oficiales del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), el desempleo, al 31 de diciembre de 2019 estaba en 7.1%, pero podría alcanzar hasta un 20% en el mes de enero de 2021, sin dejar de lado el altísimo porcentaje de informalidad que existe en el país, que ronda el 45% de la población económicamente activa.
La diputada Zulay Rodríguez, proponente del proyecto, dijo que otros países como Paraguay y Uruguay sacaron una ley para bajar las tasas de los intereses bancarios, ante la falta de una norma que los regulen.
"Al haber un control en el tope de las tasas de intereses, los panameños pagarán un precio justo por el valor del dinero otorgado en las diferentes modalidades de crédito y financiamiento, lo que traerá a la postre que los mismos puedan consumir más bienes y servicios en el mercado y así mover la economía, lo que a la postre genera puestos de trabajo e ingresos tributarios para la Hacienda Pública", sustentó Rodríguez en la exposición de motivos del proyecto.
El proyecto establece que "los bancos podrán fijar el monto de las tasas de interés activas y pasivas de sus operaciones, con un tope de 1.25% mensual, como tasa efectiva máxima de interés".
Además, "se prohíbe incorporar a las tasas de interés ya sean activas, pasivas, nominales y/o efectivas, los costos de cierre, operativos, notariales, legales y de registro público".
Tampoco se podrán incorporar gastos por comisiones, multas o recargos por mora. El cobro de una tasa de interés activa, pasiva, nominal o efectiva mayor o superior a la establecida en la presente norma, será considerada una conducta ilícita de usura, tal como la establece el Código Penal.
En la sesión participaron representantes de la Cámara de Comercio de Panamá, sector transporte y de la Asociación Bancaria de Panamá, entre otros.
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Dicho proyecto de ley reposa en la Comisión de Comercio, a la espera del primer debate.
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