Panamá
Judicial / Ley de Propiedad Horizontal tiene sus controles y sanciones, advierte ministro de Vivienda
“La ley existe y hay que cumplirla” fueron las palabras del ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Rogelio Paredes, al referirse a la explosión en el PH Urbana, en Obarrio, y las conjeturas que se manejan sobre su causa.
El pasado martes, día en que ocurrió el hecho que dejó 21 heridos, uno de gravedad, el presidente de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos (SPIA), Rutilio Villarreal, advirtió que se está notando con frecuencia que personal no idóneo está realizando trabajos de conexiones en los sistemas de gas y electricidad de los edificios.
“Cuando eso ocurre es que hay una fuga interna en la administración del PH, que permite que esas cosas ocurran y allí es donde tiene que haber la investigación prolija”, destacó el ministro.
Paredes sostuvo que los controles están establecidos, pero cuando la gente los evade, sabiendo que no los van a detectar, entonces ocurren situaciones como estas.
Agregó que también existen sanciones, pero para que se puedan aplicar debe haber una persona responsable, para lo que se necesita la investigación que lleve a cabo el Ministerio Público y los bomberos.
“Tiene que haber primero un responsable; si no se verificó que la persona que hizo la conexión la realizó después de la prueba de hermiticidad, entonces ese personal tiene que responder”, detalló el ministro de Vivienda.
El PH Urbana todavía no había sido ocupado en su totalidad, debido a que recibió permiso de ocupación en mayo de este año.
Por el momento, la tesis más fuerte de la causa de la explosión del martes es que se debió a una fuga de gas y la investigación que lleve adelante el Ministerio Público busca encausar a probables responsables por alguna situación que no haya sido bien llevada.
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Por el lado administrativo, la Ley 284 de 14 de febrero de 2022, sobre el Régimen de Propiedad Horizontal prohíbe a los propietarios, residentes y a quienes ocupen las unidades inmobiliarias “contratar personal no idóneo para la reparación, mantenimiento y conservación de instalaciones de electricidad, plomería, gas y cualquier otra que requiera de idoneidad o certificación para ser ejercida”.
Las multas para los responsables, en caso de comprobarse la infracción, las fija el artículo 32 de dicha norma y van de $50 a $500, además de responder por los daños y perjuicios a que hubiera lugar.
Si es reincidente, la multa se elevaría de $500 a $1,000.00, registra el artículo en mención.
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