Panamá
No es inconstitucional el fallo del TE sobre el Fuero Penal Electoral
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Defensa de Ricardo Martinelli pidió desestimar la demanda de inconstitucionalidad promovida por Héctor Herrera y dejó claro que la última decisión sobre el tema la tiene el Tribunal Electoral (TE).
Persisten las intenciones de perjudicar a Ricardo Martinelli a través de procesos no electorales, advirtió el secretario general del partido Realizando Metas, Luis Eduardo Camacho.
Las observaciones de Camacho respaldan la reciente advertencia de abogados sobre la utilización de los poderes del Estado, en diferentes jurisdicciones y de manera repetitiva, para juzgar, investigar y perseguir a Martinelli.
A lo anterior, se suma la petición presentada por el abogado Sidney Sittón para que se desestime la demanda de inconstitucionalidad, promovida por Héctor Herrera, contra la Resolución emitida por el Tribunal Electoral con fecha del 22 de mayo de 2022, mediante la cual se mantiene el fuero penal electoral al expresidente.
Sittón repasó puntos claves por los cuales la demanda debe ser desestimada, entre ellas, el hecho de que la Resolución atacada vía acción constitucional no reviste las características de ser una resolución general o abstracta.
El abogado agregó que el acto demandado de inconstitucionalidad no es en función administrativas en la vía gubernativa, lo que hace inviable la acción de inconstitucionalidad.
En este caso no hay una sentencia penal ejecutoriada, como tampoco se dan los presupuestos jurisprudenciales para atacar, vía acción de inconstitucionalidad, la decisión del Tribunal Electoral, detalló Sittón en el documento.
En cuanto a la Guía Técnica de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción citada por el actor, Sittón cuestionó el hecho, que el mismo de forma deliberada omitiera hacer la cita directa y concreta sobre el tema de "Inmunidades o privilegios jurisdiccionales". En consecuencia, la Resolución del Tribunal Electoral actuó en ejercicio de la contención que todo Juez y funcionario debe llevar a cabo.'
El expresidente Ricardo Martinelli se le juzgó por cuatro delitos en dos ocasiones, resultando absuelto, en ambas, advirtió el abogado Sidney Sittón.
El acto demandado de inconstitucionalidad no es en función administrativas en la vía gubernativa, lo que hace inviable la acción de inconstitucionalidad, advierte el jurista.
La Resolución del Tribunal Electoral actuó en ejercicio de la contención que todo Juez y funcionario debe llevar a cabo.
Copartidarios y miembro de Realizando Metas denuncian, serias intenciones, por inhabilitar a Martinelli.
Además, el proceso penal, de donde derivó la petición de levantamiento del fuero penal electoral, consta que Ricardo Martinelli fue traído a Panamá extraditado, a petición del Estado panameño, para responder por un caso penal en el cual se le juzgó por cuatro delitos en dos ocasiones, resultando absuelto, en ambas.
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El Tribunal Electoral, consciente de su rol convencional, hizo prevalecer el Principio de Especialidad, el cual de forma inédita le era puesto en conocimiento, en un caso donde un juez penal pedía el levantamiento del fuero electoral.
El presidente de la Asociación Panameña de Abogados Penalistas, Alfredo Vallarino confirmó que el líder de RM mantiene el fuero penal electoral.
Miembros de RM marchan hoy contra la inseguridad jurídica y la persecución contra Martinelli. "Si no quieren que sea presidente, compitan con él en las elecciones del 2024, sentenció Camacho.
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