Panamá
Condenan a hombre que abusó de menor de 8 años en Colón
De acuerdo al Ministerio Público, los hechos ocurrieron en septiembre de 2018.
- Redacción / [email protected] / @panamaamerica
- - Actualizado: 18/5/2021 - 11:38 am
David Núñez Araúz, de 43 años de edad, fue condenado a 16 años de prisión por los delitos de violación agravada y actos libidinosos agravados en perjuicio de una menor de 8 años en la provincia de Colón.
La condena se ordenó luego que la Sección de Juicio de la Fiscalía Regional de Colón y Guna Yala, lograra que David Núñez Araúz fuera declarado culpable por el Tribunal de Juicio de Colón.
Al sentenciado también se le aplicó una pena accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos por 10 años, una vez cumplida la pena principal.
De acuerdo al Ministerio Público, los hechos ocurrieron en septiembre de 2018, cuando en reiteradas ocasiones David Núñez Araúz abusó sexualmente de la menor de edad.
El imputado pasó a órdenes del Sistema Penitenciario para ser remitido a un centro penitenciario, donde pagará la pena de 16 años de prisión.
Durante el desarrollo del juicio oral, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal de la Sección de Juicio de la Fiscalía Regional de Colón y Guna Yala, Armando Gittens.
En otro caso, la Fiscalía Superior de Asuntos Indígenas de la Comarca Ngäbe Buglé y Naso Tjër Di logró ante un juez de Garantías legalizar la aprehensión y que se decretara la medida cautelar de detención provisional de un hombre imputado por el delito Contra la Libertad e Integridad Sexual en la modalidad de violación agravada, en perjuicio de una menor de edad.
Los hechos se dieron desde el año 2016, en la Comarca Ngäbe Buglé, cuando el agresor, que mantenía familiaridad con la víctima, aprovechó la ingenuidad de la menor y cometió el delito en reiteradas ocasiones.
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En audiencia de control, la fiscal Anyelina Torres sustentó los elementos de convicción, lo que permitió imputar el cargo.
Al solicitar la medida cautelar, la representante del Ministerio Público explicó los peligros procesales para la víctima y la sociedad, y a pesar de la oposición de la defensa, el juez ordenó la detención provisional, tal y como fue solicitada.
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