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	<title>Panamá América</title>
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		<category>Sociedad</category>
		<pubDate>2026-03-27T10:30:00-05:00</pubDate>
		<title><![CDATA[Acodeco alerta sobre suplantación de identidad desde números extranjeros]]></title>
		<author><![CDATA[Redacción / nación.pa@epasa.com / @PanamaAmerica]]></author>
		<description><![CDATA[ACODECO advirtió a la población sobre intentos de suplantación de identidad mediante mensajes.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) emitió un comunicado en el que alerta a los consumidores sobre casos de suplantación de identidad que se estarían realizando desde un número telefónico extranjero, utilizando de forma indebida su plataforma de mensajería WhatsApp denominada “Sindi”.
La entidad informó que ha recibido reportes sobre mensajes enviados a ciudadanos con fines adversos, en los que se solicita confirmar datos personales, como número de cédula u otra información sensible.
De acuerdo con la institución, estas comunicaciones se realizan desde un número telefónico extranjero, lo que ha generado preocupación entre los consumidores que han recibido este tipo de mensajes.
Ante esta situación, ACODECO aclaró que no realiza llamadas a ningún consumidor ni solicita información personal por teléfono o aplicaciones de mensajería.
La advertencia surge luego de que circularan mensajes en los que una persona se presenta como asistente virtual de la institución y realiza preguntas relacionadas con la situación personal o familiar de los usuarios.
La entidad señaló que este tipo de prácticas podría constituir un intento de fraude o estafa digital, por lo que recomendó a la población mantenerse alerta ante cualquier comunicación sospechosa.
En su comunicado, ACODECO reiteró que, por el momento, los únicos canales oficiales habilitados para presentar denuncias y recibir orientación por parte de los consumidores son el correo electrónico institucional info@acodeco.gob.pa, la línea telefónica 311 y su portal web oficial https://www.acodeco.gob.pa/inicio/tramites/.
Asimismo, la institución anteriormente ha exhortado a los ciudadanos a no facilitar información personal o financiera a desconocidos y a verificar siempre la autenticidad de los contactos antes de proporcionar cualquier dato.
Finalmente, ACODECO recordó que la prevención y la denuncia oportuna son fundamentales para proteger a los consumidores frente a delitos informáticos y evitar que terceros hagan uso indebido de su información personal.  
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		<autoria>local</autoria>
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		<category>Sociedad</category>
		<pubDate>2026-03-12T00:00:00-05:00</pubDate>
		<title><![CDATA[Fraude paternal pasa a segundo debate; el ADN será obligatorio]]></title>
		<author><![CDATA[Vivian Jiménez | vjimenez@epasa.com | @PanamaAmerica]]></author>
		<description><![CDATA[Los comisionados decidieron eliminar el artículo No. 9 del proyecto de ley 510, que establecía los agravantes para aumentar la pena. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[Con 8 votos a favor fue aprobado en primer debate el proyecto de ley que tipifica el fraude de paternidad como un delito penal con sanción de hasta 5 años de prisión o su equivalente en días-multas.
Los diputados de la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional acordaron, después de una amplia discusión sobre las implicaciones de la propuesta, enviarla al pleno para su discusión en segundo debate, en donde esperan contar con la opinión del Órgano Judicial, específicamente un juzgado de familia, para no atentar contra los derechos de los menores involucrados en esta situación.
El proponente de la iniciativa, Jairo Salazar, aclaró que su objetivo no es recriminar a las mujeres ni propiciar la desintegración familiar; por ello, se fijó una pena que puede ser conmutable por días-multas y el documento establece la obligación de la prueba de ADN como un mecanismo de prevención que será solicitado por los jueces al conocer el hecho.
Explicó que el costo del examen genético será sufragado por quien lo solicite; sin embargo, dependiendo de sus resultados, podrá ser resarcido por la contraparte; es decir, las madres deberán devolver a los padres la cantidad gastada.
Aseguró que este reembolso será única y exclusivamente cuando se compruebe que el menor no tiene vínculo biológico con el padre para evitar que utilicen la normativa a su favor.
La diputada Janine Prado, por su parte, mencionó que en el segundo debate será importante profundizar sobre las garantías de los niños o niñas que se vean inmiscuidos en este escenario, tomando en cuenta que en el país un gran porcentaje de las familias son monoparentales.
Los comisionados decidieron eliminar el artículo No. 9 del proyecto de ley 510, que establecía los agravantes por los que la pena podría aumentar de una tercera parte a la mitad dependiendo del número de afectados.

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		<autoria>local</autoria>
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