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	<title>Panamá América</title>
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    <description>Panama America</description>
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		<category>Sociedad</category>
		<pubDate>2026-04-23T19:15:00-05:00</pubDate>
		<title><![CDATA[El presidente Mulino devuelve tres leyes a la Asamblea ]]></title>
		<author><![CDATA[Redacción | nacion.pa@epasa.com | @PanamaAmerica]]></author>
		<description><![CDATA[Con esta devolución, ahora queda en manos de la Asamblea Nacional revisar los señalamientos, hacer los ajustes o insistir en los proyectos de ley.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[Los proyectos de ley 388, 233 y 249 fueron devueltos, sin sancionar, a la Asamblea Nacional por el presidente José Raúl Munino para que los diputados revisen varios puntos que fueron señalados por el Órgano Ejecutivo
La decisión fue comunicada mediante notas oficiales, donde se detallan las objeciones presidenciales a cada iniciativa.
En el caso del proyecto 388, que buscaba el reconocimiento de prescripción de deudas con bancos y financieras, el Ejecutivo lo objetó en su totalidad por considerarlo inconveniente e inexequible. 
Entre los argumentos, se mencionan posibles efectos en el sistema crediticio, choques con normas del régimen bancario vigente y conflictos con la Ley 42 de 2001 que regula estas entidades en Panamá.
Además, el documento advierte que la propuesta podría invadir funciones del Órgano Judicial, afectar el debido proceso y romper el principio de separación de poderes. Todo esto llevó a que se rechazara de forma completa, sin dar paso a su sanción.
Sobre el proyecto 233, relacionado con cambios a normas de tributos municipales, el presidente objetó varios artículos por inconvenientes y también señaló problemas de constitucionalidad en parte de su contenido. Según el Ejecutivo, algunos puntos no se ajustan al marco legal vigente.
En cuanto al proyecto 249, que buscaba reducir gastos de alquiler en el sector público, también hubo reparos. Se objetaron artículos por inconvenientes y otros por posibles choques con la Constitución, especialmente en lo relacionado con competencias del Ejecutivo en materia presupuestaria.
Con esta devolución, ahora queda en manos de la Asamblea Nacional revisar los señalamientos, hacer los ajustes o insistir en los proyectos de ley, como parte del trámite legislativo.
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				<origen>impreso</origen>
		<autoria>local</autoria>
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		<category>Política</category>
		<pubDate>2026-04-14T00:00:00-05:00</pubDate>
		<title><![CDATA[Presidente detiene la creación de juzgados en Panamá Oeste sin revisar presupuesto]]></title>
		<author><![CDATA[Francisco Paz | fpaz@epasa.com | @franpazate76]]></author>
		<description><![CDATA[El proyecto de ley No.229 fue objetado por el presidente José Raúl Mulino, debido a que crea nuevos juzgados en Panamá Oeste, sin tener respaldo presupuestario.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[La falta de presupuesto ha estado detrás de la creación de una cantidad plural de juzgados y tribunales en la Administración de Justicia.
Precisamente, el pasado 7 de abril, el presidente José Raúl Mulino objetó en forma parcial el proyecto de ley No.229, que busca actualizar la organización judicial en la provincia de Panamá Oeste.
El artículo 5 del proyecto modifica el artículo 148 del Código Judicial y establece que en el nuevo circuito judicial de Panamá Oeste habrá dos jueces del ramo civil y 13 del ramo penal.
De acuerdo con el Órgano Ejecutivo, la sostenibilidad de esta medida requiere una planificación presupuestaria progresiva que permita fortalecer previamente la infraestructura y el recurso humano de los juzgados.
"Este incremento conlleva, además del nombramiento de nuevos jueces, la asignación de personal auxiliar, adecuaciones de infraestructura y gastos operativos adicionales", registra el informe de la objeción presidencial.
Mulino le recordó a los diputados que antes del tercer debate de todo proyecto, deberá solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas, la evaluación del impacto económico de los proyectos de ley que puedan afectar la recaudación o generar efectos fiscales.
El tiempo que fija la propuesta legislativa para la creación de estos juzgados es de seis meses, situación que a juicio del Ejecutivo, podría generar obligaciones financieras en un plazo reducido, sin que exista una estructura presupuestaria claramente definida para su implementación.
La iniciativa fue presentada por la diputada Patsy Lee Rentería, del partido Popular y afín a la bancada Vamos.
Este proyecto, además, dispone que en los distritos de La Chorrera y Arraiján, habrá no menos de 10 jueces municipales denominados así: de Jurisdicción Civil, Penal y de Familia y de Juzgados Municipales Mixtos.
Pueblos originarios
Y hablando de motivos presupuestarios, otro proyecto que recibió objeción del mandatario, en este sentido, fue el que establece el mes de agosto como de conmemoración, reconocimiento y exaltación de los pueblos originarios de Panamá.
La iniciativa del diputado panameñista Roberto Archibold fue detenida, principalmente, por su entrada en vigencia, la cual era inmediata.
El Presidente de la República afirmó que la medida compromete el principio de legalidad del gasto público y la correcta administración financiera del Estado.
Y es que las obligaciones que conlleva la propuesta legislativa suponen la utilización de recursos humanos, logísticos, administrativos y financieros, lo que conlleva erogaciones presupuestarias que deben estar previamente autorizadas en la Ley de Presupuesto vigente.
"Se estima necesario modificar dicha disposición, a fin de que la entrada en vigor de la ley se produzca posterior a la presente vigencia fiscal", consideró Mulino al objetar el proyecto.

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		<autoria>local</autoria>
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		<category>Sociedad</category>
		<pubDate>2026-04-06T00:00:00-05:00</pubDate>
		<title><![CDATA[Recomiendan aprobar por insistencia proyecto de horarios extendidos en centros de salud]]></title>
		<author><![CDATA[Francisco Paz | fpaz@epasa.com | @franpazate76]]></author>
		<description><![CDATA[La propuesta que establece horarios extendidos en centros de salud fue vetado en forma total por el presidente Mulino. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[La Comisión de Salud recomendó al Pleno de la Asamblea Nacional aprobar por insistencia el proyecto de ley que establece horarios extendidos en centros de salud.
Este proyecto, propuesto por el diputado Betserai Richards fue vetado en forma total por el Órgano Ejecutivo, el pasado 6 de marzo.
Con el voto de 7 diputados de la comisión, se aprobó recomendar al Pleno que lo apruebe por insistencia, debido a que no coinciden con la decisión del Ejecutivo.
A juicio de los diputados, la extensión de los horarios en centros de salud no puede manejarse por separado de otros factores como infraestructura, recurso humano e insumos.
Por otra parte, consideran que de no aplicarse horario extendido en centros de salud, se traslada el problema a los hospitales que seguirán estando saturados por pacientes que bien pudieran ser atendidos en unidades de atención primaria como busca el proyecto, que fue aprobado el 20 de enero pasado.

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				<origen>impreso</origen>
		<autoria>local</autoria>
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		<category>Sociedad</category>
		<pubDate>2026-03-30T16:45:00-05:00</pubDate>
		<title><![CDATA[Avanza proyecto que regula la esterilización voluntaria en el sistema público]]></title>
		<author><![CDATA[Fariza Gordón]]></author>
		<description><![CDATA[La iniciativa, presentada por el diputado Jorge Bloise, fue aprobada con siete votos a favor, ningún voto en contra ni abstenciones.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional prohijó el anteproyecto de Ley 45, que establece el marco regulatorio para la esterilización en el sistema público de salud a petición de hombres y mujeres.
La iniciativa, presentada por el diputado Jorge Bloise, fue aprobada con siete votos a favor, ningún voto en contra ni abstenciones.
Entre los motivos expuestos, Bloise planteó que así como se prohíbe la esterilización forzada, no se debe obligar a una mujer a tener hijos como requisito para acceder a la esterilización, ya que esto equivale a una maternidad forzada. 
El anteproyecto establece que toda persona mayor de edad no asegurada que carezca de recursos económicos podrá solicitar a los centros hospitalarios del sector público del país la esterilización, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la presente ley. 
En el caso de los asegurados, la Caja de Seguro Social (CSS) tiene la obligación de efectuar el procedimiento quirúrgico, siempre que exista una petición voluntaria de la persona al médico tratante.
Dicha iniciativa dispone que la esterilización procederá cuando la mujer cuente con la prueba de no embarazo. Además, si la o el paciente padece de enfermedad mental debidamente acreditada, debe constar la solicitud médica y del tutor o de la persona legalmente responsable de la o el paciente. También, se exige constancia de que la peticionaria o peticionario conoce los métodos anticonceptivos alternos. 
El documento señala que la esterilización no procederá cuando la persona decide no continuar con el procedimiento, aun antes de que concluya la intervención médica, o si no se presenta prueba de que la persona haya sido informada sobre métodos alternativos anticonceptivos por el personal de salud. 
De igual manera, se contempla la posibilidad de esterilización en menores de edad con su consentimiento y por medio de su tutor o de la persona legalmente responsable, por recomendación médica. Entre estos casos, cuando la menor padezca alguna enfermedad o defecto y el embarazo y el parto puedan poner en peligro su vida o su salud. 
Si la menor tiene dos o más hijos y carece de recursos económicos para su crianza, o si padece de una enfermedad mental debidamente acreditada con la autorización correspondiente. 
 
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		<autoria>local</autoria>
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		<category>Sociedad</category>
		<pubDate>2026-03-30T00:00:00-05:00</pubDate>
		<title><![CDATA[Proponen cambios al procedimiento de contratación excepcional   ]]></title>
		<author><![CDATA[Vivian Jiménez | vjimenez@epasa.com | @PanamaAmerica]]></author>
		<description><![CDATA[Proponen que se refuerce el informe técnico que fundamenta estas contrataciones.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[El procedimiento de contratación excepcional, un mecanismo utilizado por el aparato estatal en licitaciones urgentes, podría sufrir cambios; a la Asamblea Nacional llegó una propuesta que busca limitar el alcance de este recurso con la finalidad de que responda a situaciones "verdaderamente" extraordinarias.
Según los proponentes del anteproyecto de ley No. 421, la falta de estándares técnicos y controles previos en este procedimiento aumenta el riesgo de que se tomen decisiones perjudiciales para el interés nacional.
Proponen que se refuerce el informe técnico que fundamenta estas contrataciones y se incorpore la acción de nulidad ante posibles incumplimientos.
La normativa establece que el documento para validar el proceso debe contener un análisis comparativo de las distintas opciones de contrataciones disponibles, justificación detallada de la imposibilidad de realizar un procedimiento competitivo, sustento técnico y metodológico de mercado, identificación de potenciales oferentes aunque no participen y la declaración expresa de inexistencia de conflicto de interés por parte de los funcionarios intervinientes.
El desacato de estas disposiciones ocasionará la nulidad del procedimiento conforme al debido proceso administrativo.
La iniciativa también señala que el uso indebido de este recurso dará lugar a responsabilidades administrativas, civiles, patrimoniales y penales.
Los diputados aclararon que su propósito no es restringir la acción, sino evitar que se convierta en un mecanismo para eludir los principios rectores de la contratación pública.

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