Panamá
Gobierno elimina obligatoriedad de realizarse pruebas de la covid-19 para movilizarse en el país
En Gaceta Oficial se promulgó el Decreto Ejecutivo 832 que estará a regir a partir de la fecha.
- Redacción
- /
- [email protected]
- /
- @panamaamerica
- - Actualizado: 30/8/2021 - 09:24 pm
El Gobierno Nacional eliminó la obligatoriedad de realizarse pruebas de la covid-19 para movilizarse dentro del país.
En Gaceta Oficial se promulgó el Decreto Ejecutivo 832 que estará a regir a partir de la fecha.
El nuevo Decreto deroga el No.1690 de 29 de diciembre de 2020 y el artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. 816 de 6 de agosto de 2021.
La medida se tomó luego de que nuevos informes del Ministerio de Salud (Minsa), indican que en algunas áreas del país se logró una disminución significativa de contagios de la covid-19.
A su vez, se refleja una disminución en la incidencia y en la velocidad y propagación de esta enfermedad, que constituyen indicadores que permiten eliminar las medidas restrictivas de movilidad.
El objetivo es que se logre una mayor celeridad en el embarque de pasajeros en aeropuertos, puertos marítimos (cabotaje, fluviales y lacustres) con el fin de evitar aglomeraciones de personas y posibles focos de contagio.
Además, se emitió el Decreto Ejecutivo N° 833, el cual establece que todo viajero que ingrese a territorio nacional por vía aérea, terrestre o marítima por medios privados o comerciales, quedará exonerado de realizarse cualquier tipo de prueba la covid-19.
Igualmente, queda exonerado de la cuarentena preventiva siempre y cuando, se haya registrado de forma digital o presente de forma física la tarjeta de vacunación con esquema completo.
VEA TAMBIÉN Panamá registra 371 casos nuevos de la covid-19; cifra se eleva a 457,037 casos
La última dosis debe tener un mínimo de 14 días de haber sido aplicada y las vacunas reconocidas en Panamá son las aprobadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Administración de Medicamentos y Alimentos de Estados Unidos (FDA, por su siglas en inglés) o la Agencia Europea de Medicamentos (EMA).
El Decreto también establece que si el viajero proviene de países catalogados como de bajo riesgo epidemiológico y no cuenta con esquema de vacunación completo, requerirá presentar resultado negativo de prueba, sea PCR o antígeno, de hasta 72 horas de vigencia y quedará exonerado de la cuarentena preventiva de 72 horas.
Provincias
Judy Meana asiste a Medicatura Forense en Panamá Oeste por presunta violencia doméstica
29/8/2021 - 07:23 pm
En cuanto a la cuarentena, el Decreto señala que, si la persona proviene de países de alto riesgo y no cuenta con esquema de vacunación completo, podrá cumplir las 72 horas de cuarentena en su domicilio o en un hotel autorizado bajo su costo y al finalizarla, deberá realizarse una prueba, ya sea por PCR o antígeno y cuyo resultado negativo, le hará finalizar la cuarentena.
¡Mira lo que tiene nuestro canal de Youtube!
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.