Panamá
Ministerio de Trabajo trata de 'minimizar' conflictos entre trabajadores
El Ministerio de Trabajo emitió el Decreto Ejecutivo 68 de 30 de abril de 2021 que regula el fenómeno legal denominado "concurrencia", que consiste en que dos o más organizaciones de trabajadores presenten pliegos de reclamos laborales contra una misma empresa y en un mismo conflicto.
- Redacción Nación
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- - Publicado: 07/5/2021 - 12:00 am
Con el fin de "minimizar los conflictos laborales" en el país, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) reglamentó la presentación de pliegos de reclamaciones laborales.
El Mitradel emitió el Decreto Ejecutivo 68 de 30 de abril de 2021 que regula el fenómeno legal denominado "concurrencia", que consiste en que dos o más organizaciones de tyrabajadores presenten pliegos de reclamos laborales contra una misma empresa y en un mismo conflicto.
La norma sostiene que solo se reconocerá la figura de concurrencia cuando las organizaciones que presenten pliegos estén debidamente inscritas y reconocidas por el Mitradel.
La medida también vendría a reducir los conflictos por los denominados "sindicatos amarillos", organizaciones de trabajadores que responden a los empleadores.
El artículo 2 de la citada norma advierte que ninguna organización que no esté legalmente constituida, represente a los trabajadores o a la empresa, podrá presentar pliegos de reclamos.
Y cuando las organizaciones debidamente establecidas no se pongan de acuerdo sobre sus aspiraciones, se procederá a realizar un conteo de afiliados y se tomará en consideración la que tenga la mayoría.
Este conteo se realizará en base a los archivos y registros de afiliados que reposen en la Dirección General o las regionales del Mitradel.
'236
sindicatos activos mantiene registrados el Mitradel.
310
mil 679 afiliados tenían estos sindicatos antes de que se desatara la pandemia de covid-19 en Panamá.
El conteo se efectuará una vez las organizaciones comuniquen al Mitradel que no han llegado a un acuerdo o por el silencio de ellas durante dos días.
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En caso de que una de las organizaciones considere que hubo irregularidades en el conteo, podrá presentar sus objeciones ante el Mitradel antes de que este emita la resolución determinando quién tiene la mayoría de afiliados.
El Mitradel argumenta que es necesario reglamentar la concurrencia para reducir la cantidad de conflictos que generalmente genera la presentación de varios pliegos de reclamaciones en un mismo conflicto laboral.
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