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Mundo / En el primer trimestre del 2018 habrá productos con marihuana en México

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En el primer trimestre del 2018 habrá productos con marihuana en México

Actualizado 2017/12/19 22:38:41
  • México/EFE

"No hay autorización para autocultivo y autoconsumo", aclaró Julio Sánchez y Tepoz, quien detalló que cualquier persona física o moral podrá hacer investigación, "pero debe demostrar científicamente que se tiene un protocolo y objetivo específico".

los productos para uso terapéutico pueden tener 1% o más de concentración de marihuana. FOTO/EFE

los productos para uso terapéutico pueden tener 1% o más de concentración de marihuana. FOTO/EFE

Ha transcurrido un año desde que el  Senado mexicano aprobara el uso de la marihuana con fines medicinales, no será hasta el primer trimestre de 2018 que salgan al mercado los primeros productos elaborados a base de cannabis, aseguró el titular de la Comisión Federal Para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris), Julio Sánchez y Tepoz.
 
Detalló que a principios de 2018 se dará a conocer la reglamentación para sembrar y cosechar marihuana con fines científicos y terapéuticos.
 
"No hay autorización para autocultivo y autoconsumo", aclaró Sánchez y Tepoz, quien detalló que cualquier persona física o moral podrá hacer investigación, "pero debe demostrar científicamente que se tiene un protocolo y objetivo específico".
 
El 20 de junio pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que legaliza la marihuana con fines científicos y terapéuticos en todo México, tras lo cual la Cofepris debe emitir la reglamentación en un periodo de 180 días.
 
VEA TAMBIÉN Venden medicina elaborada con cannabis
 
El titular de la Cofepris indicó que esta ya fue elaborada, pero hace falta publicarla. Una vez ocurrido ello, deben pasar 30 días para emitir la Norma Oficial Mexicana (NOM), que determinará la metodología aplicable para la elaboración de productos a base de cannabis en laboratorios.

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El protocolo que deberán presentar los solicitantes de permiso tiene que ser aprobado tanto por un comité científico como por uno de ética, a fin de definir la cantidad de cannabis que se puede sembrar y cosechar.
 
Según la norma, los productos para uso terapéutico pueden tener 1% o más de concentración de Tetrahydrocannabinol (THC, sustancia psicoactiva del cannabis).
 
En tanto, los productos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1% o menores de THC y que tengan amplios usos industriales podrán comercializarse, exportarse e importarse, cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.
 
La nueva regulación mexicana permitirá el acceso a medicamentos a personas con enfermedades como la epilepsia, la artritis, el alzheimer, el asma, el dolor crónico, algunos tipos de cáncer y glaucoma, entre otras.
 
Por otra parte, Sánchez y Tepoz precisó que hasta el momento se han dado siete autorizaciones para consumo de cannabis de forma lúdica, pero todas han sido otorgadas por vía judicial, mientras que otras 431 solicitudes ya han sido negadas o desechadas por la Cofepris.
 
La Suprema Corte de Justicia declaró en noviembre de 2015 inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud y concedió a cuatro ciudadanos amparos para sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y autoconsumir marihuana sin fines comerciales.
 
El fallo solo aplica para estos cuatro ciudadanos y los demás deben presentar sus propios amparos hasta que el alto tribunal emita cuatro criterios más en el mismo sentido para sentar jurisprudencia. 
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