Varela viola la Constitución al nombrar a Omar Pinzón
La designación de un uniformado en la dirección de la Policía Nacional (PN), por parte del presidente de la República, Juan Carlos Varela, revive el debate sobre la ilegalidad de que un policía de carrera ocupe ese cargo.
La designación de un uniformado en la dirección de la Policía Nacional (PN), por parte del presidente de la República, Juan Carlos Varela, revive el debate sobre la ilegalidad de que un policía de carrera ocupe ese cargo.
- José Alberto Chacón ([email protected])
- - Actualizado: 02/8/2014 - 08:49 am
- 2 anomalías rodean la designación de Omar Pinzón en la Policía Nacional.
Una práctica torrijista recurrente
- Dos uniformados en un mismo periodo ocuparon el cargo de director de la Policía Nacional de Panamá, entre 2004 y 2009.
Expertos avalan que uniformado dirija la Policía
- Más allá de si es legal o no la designación de Omar Pinzón como director de la Policía Nacional, hay voces que no encuentran problema alguno en que un uniformado dirija la institución que debe, tal como reza su eslogan, proteger y servir a la ciudadanía panameña. Uno de ellos es el exprocurador de la nación Rogelio Cruz. “Creo que debe ser un policía, así como se estima que un abogado debe presidir la Corte Suprema de Justicia o un médico experimentado lo haga con un hospital, también debe ser un uniformado con experiencia quien maneje a la Policía”, sostuvo Cruz. En tanto, Severino Mejía, exviceministro de Seguridad durante el gobierno de Martín Torrijos, afirmó que hay muchas razones para que un hombre con carrera policial cumpla esa función. “Está bien, existen muchos argumentos que justifiquen el porqué; conoce las propias filas, a la institución, es hombre con experiencia y, sobre todo, que se ha ganado el respeto y la consideración de sus subordinados”, destacó Mejía. Por su parte, la exdiputada Teresita Yanis de Arias expresó que los panameños deben dejar el resentimiento hacia los militares que en las épocas oscuras del país violaron los derechos humanos y las leyes de este país. “Los servicios de policía se han profesionalizado y a la vez son muy complejos. No se puede colocar a un civil, por muy brillante e inteligente que sea. Debemos dejar los fantasmas de la dictadura de hace 30 años”, concluyó Arias.
La designación de un uniformado en la dirección de la Policía Nacional (PN), por parte del presidente de la República, Juan Carlos Varela, revive el debate sobre la ilegalidad de que un policía de carrera ocupe ese cargo.
Para expertos en materia jurídica y constitucional, el director de la PN designado, Omar Pinzón, no puede ejercer el cargo, aunque la decisión sea publicada en Gaceta Oficial.
Incluso ya hay quienes han anunciado que una vez el nombramiento sea divulgado a través del boletín de prensa del Estado, interpondrán una demanda por ilegalidad. Ese es el caso del abogado Miguel Antonio Bernal, quien plantea que tanto el presidente de la República, Juan Carlos Varela, como el ministro de Seguridad Pública, Rodolfo Aguilera, están violando la ley porque al mando de la Policía debe estar un civil según lo establecido por la Ley 18 de 3 de junio de 1997, que creó la Policía Nacional de Panamá.
A juicio del jurista, Varela también hizo caso omiso a la Carta Magna y designó al uniformado que obtuvo su diploma en la Escuela Militar de Cadetes General José Córdoba de Colombia.
El primer argumento legal del demandante se basa en que el actual jefe del Ejecutivo no pude utilizar un decreto presidencial para nombrar a un funcionario si de antemano existe una ley orgánica que rige a la institución policial. “Eso se modificó porque Martín Torrijos emitió un decreto ejecutivo, pero por ley los decretos presidenciales no pueden modificar una ley orgánica”, expresó Bernal.
Carlos Lee, presidente de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, coincide con Bernal y menciona que la misma condición corre Pinzón. “Ese decreto no tiene función y es ilegal porque un presidente, según consta en la Constitución, no puede modificar una ley orgánica”.
En agosto de 2008, el entonces presidente Martín Torrijos promulgó el Decreto Ejecutivo N.°5 y esta a su vez modificó el artículo 41 de la Ley 18 de 1997. Antes del cambio, el texto de dicho artículo expresaba lo siguiente: “Solamente podrán ser nombradas para ejercer este cargo, personas civiles que no pertenezcan a la carrera policial”.
Tras la reforma, el polémico artículo incluyó la figura de comisionado (a) a potestad del presidente para elegir al encargado de comandar al estamento de seguridad. “Solo podrán ser nombrados para ejercer este cargo, personas civiles con título universitario o comisionados o comisionadas de la Policía ”.
En aquella época, la ordenanza fue duramente cuestionada por varios sectores de la sociedad civil, ya que Torrijos hizo la modificación para poder nombrar al comisionado Jaime Ruiz de manera interina y luego de forma oficial a otro comisionado: Francisco Troya.
Todo como parte de una serie de ajustes en los últimos tramos de su administración. Además en mayo de ese mismo año, el abogado Francisco Barba Hart presentó una demanda por posible violación a la Constitución tras la designación de Jaime Ruiz como director de la Policía Nacional. Posteriormente, en diciembre de ese mismo año, la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional, que tenía como presidente al diputado Elías Castillo, decidió archivar la denuncia por falta de pruebas sumarias.
Pero la violación a la ley orgánica no es la única anomalía que rodea la polémica escogencia de Pinzón, quien también fue director nacional de Inteligencia y agregado policial, aéreo y naval, en Washington D.C.
Carlos Lee indicó que ese decreto jamás pasó por la Asamblea como exige nuestra Carta Magna. “Entiendo que la ley la modificó el expresidente Torrijos cuando la Asamblea estaba de receso y según el procedimiento para la aprobación de un decreto, este debe ser avalado por una mayoría absoluta en la Asamblea”, fueron sus palabras.
Para tales efectos, el artículo 159 de la máxima ley del Estado panameño establece en su numeral 16 que: “Todo decreto ley que el Ejecutivo expida en el ejercicio de las facultades que se le confieren, deberá ser sometido al Órgano Legislativo para que legisle sobre materia en la legislatura ordinaria inmediatamente siguiente a la promulgación siguiente del decreto ley de que se trate”.
En otras palabras, el decreto debió discutirse en el hemiciclo legislativo en el periodo ordinario entre julio y agosto, luego del receso.
Sin embargo, en opinión de la exmagistrada Esmeralda de Troitiño, los decretos leyes pueden ser aprobados en ausencia de los diputados siempre y cuando el mandatario de turno les solicite el permiso para legislar en ausencia.
Pero, a pesar de las supuestas ilegalidades en torno a este caso, hay una forma de poder recular el nombramiento de Omar Pinzón como director de la Policía Nacional, cuenta el constitucionalista Ernesto Cedeño. Esta fórmula es mediante la presentación y aprobación de otra ley. “Toda ley puede ser modificada por otra ley, cosa que Varela no va hacer porque lo nombró y no lo van a contradecir en la asamblea por el tema del acuerdo de gobernabilidad”, finalizó Cedeño.
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