AVANCE**La Asamblea aprobó que los funcionarios listados en el Artículo 304 de la Constitución Política y los de elección popular y gobernadores, no puedan accionar penal sino civilmente, en defensa de su honra.


AVANCE**La Asamblea aprobó que los funcionarios listados en el Artículo 304 de la Constitución Política y los de elección popular y gobernadores, no puedan accionar penal sino civilmente, en defensa de su honra.
RETROCESO**Como en las procesiones, no se pudo evitar dar pasos hacia atrás. Dos de los artículos aprobados restringen la libertad de información y son contrarios a la democracia y a los estándares de la OEA.
REVISION**Tocará finalmente a los asesores de la Presidencia, recomendar la decisión que deba tomar el primer mandatario, quien está facultado para objetar los artículos del Código Penal que considere inconvenientes o inexequibles.


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269741
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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