La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia DECLAR?" QUE NO ES ILEGAL el acto administrativo contencioso emitido por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Deportes (INDE) y que fue demandado por el dirigente Mario Chan Rojas.
El falló, cuyo ponente es el Magistrado Víctor Leonel Benavides, confirma que no se produjo la infracción del artículo 168 de la Ley 38 de 2000, toda vez que el artículo 29 de la Resolución impugnada, que establece que contra las resoluciones de Reconocimiento de las Juntas Directivas de los organismos deportivos nacionales solamente procede el Recurso de Apelación, ante la Junta Directiva del INDE.
La demanda de nulidad fue interpuesta por la abogada Kerubis I. Harris, en representación de Chan Rojas, y hace referencia a la potestad de aprobación, regulación, convocatoria y supervisión que tiene el INDE en todo lo relacionado con los procesos electorales de las federaciones y sus afiliados, así como la emisión de resoluciones de reconocimiento de cada acto de elección.