Nos habíamos comprometido a profundizar sobre el tema de los medicamentos, pero vamos a postergarlo para dejar clara nuestra posición sobre otro asunto.
Hemos manifestado en público, en privado y ante el pleno de la Comisión Nacional de Carreras que el Reglamento de Carreras, que es una resolución aprobada por la Junta de Control de Juegos y publicada en la Gaceta Oficial, es de forzoso cumplimiento para los que están inmersos en la actividad hípica, incluyendo a los administradores.
Aunque los Fuera de Apuestas le sepan amargo a la empresa Hípica de Panamá S. A., ese es un trago que deben pasar, porque su existencia está reglamentada y no pueden estar por encima de una resolución que cuenta con el refrendo de la autoridad rectora hípica, en este caso la Junta de Control de Juegos.
El reglamento señala como un "deber" del Secretario de Carreras, excluir a ejemplares de las apuestas cuando considere que estos son superiores o sean mañosos, todo con el espíritu de salvaguardar los intereses de los apostadores.
El hecho de que hayan reducido el dividendo de 2.20 a 2.10 y que le hayan prometido que no habrá más Fuera de Apuestas, no es aval para transgredir las reglas y obligar al Secretario de Carreras a que falte a su deber.
Así no se hacen las cosas en un negocio, cuyo principal soporte es la credibilidad y el cumplimiento fiel de sus reglas.