En el fondo del camino, hay una luz para que se levante la suspensión de los derechos del Comité Olímpico de Panamá.
Pero para que eso se haga realidad, el Comité Olímpico de Panamá reconocido por el Comité Olímpico Internacional (COI) necesita la aprobación del Ministerio de Gobierno y Justicia y el registro público de los Estatutos del organismo aprobados en el 2002 por la organización internacional.
Miguel Sanchíz en días pasados recibió una carta de Mario Vázquez Raña, miembro del COI y de otras organizaciones internacionales, en la que notificó al COP que, "en virtud de la nueva Ley del Deporte aprobada por el Gobierno de Panamá, en la que se reconoce que el Comité Olímpico de Panamá se rige por lo dispuesto en la Carta Olímpica, deberá presentarse ante la autoridad competente del país el referido Estatuto, a los efectos de que el mismo cuente con el registro correspondiente".
De acuerdo a Raña, a partir de este reconocimiento, el COP deberá tomar algunas medidas de conforme a las normas y procedimientos establecidos en el Estatuto del 2002 y podrá Vázquez Raña solicitar a la Comisión Ejecutiva del COI la restitución de los derechos suspendidos al Comité Olímpico de Panamá.
El Comité Olímpico de Panamá debe informar sobre la marcha del proceso, así como enviar una propuesta de calendario para su ejecución.