La competencia desleal y la equiparación de los beneficios fiscales es el dilema que envuelve al mercado eléctrico en los últimos días. La situación a llegado a tal punto, que un grupo de empresas generadoras de energía eléctrica solicitaron al Gobierno equiparar los beneficios fiscales de los que goza la Autoridad del Canal (ACP).
La empresa estadounidense AES Panamá operadora de las plantas hidroeléctricas de Bayano, La Estrella los Valles y las Turbinas de Gas, ubicadas en la Subestación Panamá planea ir más allá, con acciones legales para prevenir la participación de la ACP en un futuro, en el mercado eléctrico.
David J. Sundstrom, gerente general de AES Panama, consideró que la participación de la ACP es ilegal, inconstitucional e injusta. AES Panama participó en el acto de licitación de Elektra Noreste bajo la serie 011-B y ganó por ser una de las ofertas más bajas del mercado.
En este acto se dieron dos tipo de indexación que según el gerente sustentan la ilegalidad de la participación de la ACP. Uno para las tarifas de combustible y otro para las tarifas de transmisión aprobadas por el ERSP que entrarán a regir a mediados del 2003-2004.
"Conocemos los precios de las tarifas de transmisión en el 2004 y estamos incluyéndolo en el precio del acto, no necesitamos indexarlo, pero la ACP sí" dijo el gerente.
Las empresas generadoras aportan al Estado en concepto de impuestos un aproximado 25 millones de dólares anuales, pero de las siete generadoras existentes las que tiene mayor capacidad instalada son las hidroeléctricas Fortuna y AES Panamá.
Sundstrom aseguró que la oferta de la ACP es injusta porque la mayoría de su producción es hidroeléctrica y no térmica. Pero el 100% de su oferta en energía dentro de la licitación estuvo indexado a petróleo y ofreció precios al mercado como un autogenerador termoeléctrico.
Mientras prevalece el malestar entre las generadoras, Elektra Noreste decidió declarar desiertos dos de los actos para la compra de 90 megavatios de energía a las empresas generadoras porque la ACP no presentó un certificado como agente de mercado y debido a los altos precios propuestos por las generadoras participantes.
A juicio de Sundstrom la ACP no está ofreciendo "algo" que pueda ayudar al mercado y al consumidor final. Por ejemplo, el precio ofertado por la ACP fue de 70 dólares por megavatios hora mientras el precio de AES Panama fue de 56.7 dólares por megavatios hora. "El precio de la ACP es "muy alto" es casi 70 dólares por megavatios hora" indicó.
La única manera para tener acceso a precios razonables y continuar con libre competencia es basándose en las mismas reglas. "Si cambian las reglas, y regulan a las generadoras nadie va a invertir en Panamá" aseguró el gerente.
Pero de acuerdo al art. 43 de la ley 19 del 11 de junio la ACP está exenta del pago tributo, impuesto, derecho, tasa, cargo o contribución, de carácter nacional o municipal, con excepción de las cuotas de seguridad social, seguro educativo, riesgo profesional, tasas por servicio públicos. Y obtiene todos sus ingresos de las operaciones del canal.
Si bien el Estado puede participar en el mercado eléctrico debe hacerlo rigiéndose bajo las normas establecidas para el sector, comentó el gerente de AES Panamá.
La ley 6 del 3 de febrero de 1997, por la cual se dicta el marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio de electricidad establece en su art. 25 que el Estado podrá crear empresas para prestar el servicio público de electricidad. Estas empresas competirán y participarán en igualdad de condiciones, con el sector privado en las distintas actividades de la prestación del servicio público de electricidad.
Estas empresas se constituirán como sociedades anónimas y se regirán por las disposiciones de la ley de sociedades anónimas y por el Código de Comercio. Sin embargo, la ACP es un ente público y no una sociedad anónima. Posee beneficios que no tienen las empresas privadas como: "no pueden haber huelgas, no paga impuestos sobre la renta, no puede ser secuestrada".
En reciente entrevista concedida a El Panamá América Manuel Benítez, director de Servicios Industriales de la ACP aseguró que la participación de esta entidad ha contribuido a mejorar los precios del mercado eléctrico.
Benítez explicó que en un mercado hay tendencias naturales a limitar la competencia y formar barreras de entrada porque en la medida que no existan competidores, se puede mejorar la utilidad y rentabilidad. A juicio del ingeniero no resulta extraño la actitud de las empresas generadoras que ven en la ACP una empresa estatal diferente. Incluso, - dijo- tienden a argumentar que la ACP tiene ventajas sobre sus competidores porque no paga impuestos sobre la renta ni impuestos municipales y creen que pueden presentarlo para limitar su participación en el mercado.
El Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP) cuando fija la tasa de rentabilidad de todas las empresas reguladas (ETESA, EDEMET-EDECHI, ELEKTRA) lo hace antes de impuesto sobre la renta" explicó.
El Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP) certificó a la ACP como autogenerador de energía eléctrica el 31 de diciembre de 1999 como una central termoeléctrica y dos centrales hidroeléctricas con capacidad de 166,206 KW.
AES podría impedir ingreso de ACP a mercado eléctrico
Si bien el Estado puede participar en el mercado eléctrico debe hacerlo rigiéndose bajo las normas establecidas para el sector