La Asociación Nacional de Ganaderos (ANAGAN), presentará, próximamente, un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), tras el reciente criterio de la Procuraduría de la Administración sobre la no notificación, de parte del gobierno de Panamá ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), de la Ley 44 que adopta medidas de prevención para la fiebre aftosa y otras enfermedades.
El recurso contencioso-administrativo busca la opinión de los organismos competentes que interpretan las leyes de fondo, que en este caso, está bajo la responsabilidad del Organo Judicial.
El criterio de la Procuraduría de la Administración surgió como resultado de una consulta que elevara el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), que solicitó una posición sobre la compatibilidad de criterios técnicos entre el Código Zoosanitario Internacional (OIE) que aprueba la OMC y la Ley 44 que surgió producto de importaciones fraudulentas de productos cárnicos a Panamá.
José Manuel Pérez, presidente de la ANAGAN, manifestó que después del criterio anunciado por la Procuraduría de la Administración, "debe haber una reconsideración, porque realmente la opinión de ésta, no es la más acertada".
Pérez añadió que el criterio de la Procuraduría de la Administración fue apoyada sobre la base de las informaciones que facilitó el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), y no en las leyes.
"No comprendemos cómo una ley expedida por la Asamblea Legislativa y sancionada por la Presidencia de la República, no sea ley del país, por lo que resulta inaceptable", subrayó enérgicamente el presidente del gremio ganadero.
Esta decisión, fue tomada por la Junta Directiva Nacional de la ANAGAN, que no descartaron continuar con la lucha, y también, solicitar apoyo de la Asamblea Legislativa.
Pérez denunció que la no notificación de la Ley 44 ante la OMC por parte del MIDA, fue premeditada, porque sabían lo que estaban realizando.
La Procuraduría de la Administración estableció dentro de sus conclusiones que la notificación de la Ley 44 debía ser efectuada, a fin de cumplir con las obligaciones internacionales asumidas cuando se aprobó el protocolo de adhesión de Panamá a la OMC.