Economía

Banca estatal no presta a los afiliados al PRAA

El Banco Nacional de Panamá señala que estudia la posibilidad de atender este mercado, mientras que voceros de la Caja de Ahorros prefirieron guardar un hermético silencio


E mpujados hacia las financieras. Así se siente Manuel José Miranda Gómez y una gran cantidad de docentes que se han acogido al Programa de Retiro Anticipado y Autofinanciable (PRAA), y que esperan que la banca estatal les otorgue algún préstamo.

Sin embargo, tanto el Banco Nacional de Panamá como la Caja de Ahorro les han negado ese derecho.

Mientras esto sucede, Miranda dijo que las financieras "se desviven por prestarnos dinero, pero a intereses impagables".

 

Al respecto, Dayra de Saurí, gerente de Área de Comercialización de Productos de Consumo del Banco Nacional de Panamá, dijo que la entidad analiza esta propuesta.

Agregó que para el primer semestre del año "tenemos programado brindar facilidades crediticias a los educadores que ingresan al PRAA, con la finalidad de cubrir otros segmentos del mercado".

De la Caja de Ahorros fue imposible conseguir una versión.

 

Creado mediante la Ley No. 54 de 27 de diciembre de 2000, al PRAA se acogen los educadores del Ministerio de Educación y del Instituto Panameño de Habilitación Especial.

Este plan es conocido también como "pensión puente" y su finalidad es conceder una pensión temporal al beneficiario hasta que este alcance la edad mínima legal para tener derecho a la pensión de vejez de la Caja de Seguro Social (CSS).

Para que un trabajador se acoja al programa de Pensión de Vejez de la CSS tendrá que tener 57 años las mujeres y 62 años los hombres.

 

Para el PRAA los educadores deben tener cumplidos las edades antes mencionadas, pero también deberán contar con 28 años de servicio o 336 meses laborados, y aportar durante un mínimo de 28 a 336 meses a este programa.


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376802
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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