Las mercancías que fueron abonadas antes del 1 de julio también tendrán que pagar el 2% adicional del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS) sobre el precio total del artículo al momento de retirarlo.
Por ejemplo, si un consumidor abonó el 25 de junio un juego de sala valorado en $200 dólares, en ese instante la mueblería automáticamente le calculó el 5% de ITBMS para totalizar en $210 la compra final.
El cliente decide abonar $100 para amortizar más rápido la cuenta, entonces el saldo pendiente sería de $110.
Pasado el 1 de julio, cuando entró de lleno la reforma a la Ley 8, el cliente acude a retirar el bien, pero le corresponderá cancelar el saldo pendiente ($110), más el 2% del ITBMS sobre el precio de venta del juego de sala que serían $4.
Es decir que para retirar la mercancía abonada el consumidor debe pagar $114.
La explicación anterior fue suministrada por la Dirección General de Ingresos para aclarar cualquier duda que tenga la población.
Al consultar con las mueblerías varios encargados confirmaron que el sistema automáticamente está calculando este impuesto al momento de la impresión de la factura de entrega del bien.