Usted se preguntará cómo quedó el tema de las inversiones con las modificaciones a la Ley 17 de la Caja del Seguro Social (CSS), pues en la mesa de Finanzas se logró varios objetivos al final del camino. Entre estos las reglas claras sobre jerarquisación de objetivos financieros, las reglas de diversificación, limitaciones a las compras de papel estatal y un componente técnico importante en la administración.
También se introdujeron criterios de elegibilidad para las inversiones, como la seguridad de los instrumentos, la liquidez, la solvencia y por último la rentabilidad, todo estos aspectos que han abierto el compás para la inversión.
La antigua Ley 17 contenía estos artículos específicos de normas de diversificación, pero las mismas se conservaban a oscuras, sin embargo la ley 14, (en vigencia), mantenía un sesgo enorme hacia el papel del Estado.
El temor en medio de todo el tema es que estas inversiones deben manejarse sin cabida a irregularidades.
Por ello el nuevo proyecto reafirma que debe haber un Comité de Finanzas a nivel de la directiva, con un departamento técnico capacitado con gente experta (consultores y demás), que pudieran contratarse por cierto periodo para analizar emisiones de bonos, por ejemplo.
El Coordinador de la mesa de Finanzas por el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CoNEP), Roberto Brenes, dijo a Panamá América que la primera regla más importante de diversificación es que se le quitó al Estado el monopolio de la captación de los depósitos del CSS, permitiendo que la entidad coloque los dineros en bancos que tengan ciertas características de seguridad.
De igual forma, se logró incorporar criterios de diversificación referente a la compra de bonos o títulos, quedando establecido que si la entidad compra estos instrumentos no debe tener más de un porcentaje de esa emisión, pero tampoco puede ser más que un porcentaje de la cartera del Seguro.
Es decir, que si la CSS quiere comprar bonos que pone el Banco General en el mercado por 10 millones de dólares, la CSS no puede comprar más de un millón. Pero si ese millón representa más del 50% de la cartera de la entidad, el 30% tampoco lo puede comprar.
Por ello el proyecto incorporan varias limitaciones, ya sea por el monto de la emisión y la composición de la cartera del seguro.
Tras una fuerte presión por lograr que el Seguro pudiera invertir en Proyectos Económicos y de Desarrollo Social, se puso una limitación. La entidad sólo puede tomar un 25%. Esta iniciativa creó cierto escepticismo porque incluía proyectos municipales.
Cuál pudiera ser la mala noticia?. Roberto Brenes dice que se fundamenta en que no se podrá invertir en acciones comunes.
Brenes fue enfático al explicar que volverá a insistir sobre este punto en el primer debate en la Asamblea Nacional, ya que fue un aspecto que ganó en la mesa de Finanzas y al final fue rechazado en el diálogo.
En el renglón de préstamos, se conoce que se prestará a jubilados a petición de algunos sectores, pero de forma directa o indirecta.
Es decir, que la entidad puede no necesariamente abrir un departamento de préstamos para ofrecer el servicio, invertir o comprar bonos de compañías.
La ejecución de las inversiones de acuerdo a las modificaciones de la Ley 17, se pueden hacer inmediatamente.
De esta forma la Caja podría vender las acciones que tienen en la Cervecería Nacional y en Banistmo.
De igual manera, el Comité de expertos debe pensar en el uso que le darán a las tierras que posee la entidad en algunas provincias del país y que según avalúos valen millones de dólares.
(ver infografía en la página C1 del diario impreso)
Comité supervisará fondos de la Caja de Seguro Social
La Institución abrirá las puertas a un abanico de oportunidades para la inversión privada.