Economía

Ente sanciona a generadoras

La multa impuesta por la institución supera el millón de dólares. Las empresas pueden apelar ante la Corte.


EN UNA acción casi sin precedente el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP), multó a tres de las nueve empresas dedicadas a la generación eléctrica en Panamá por casi un millón y medio de dólares.
Mediante la resolución N° JD-5397, 5398 y 5399 de 6 de julio, el ERSP sancionó a Generación Eléctrica Fortuna S.A., con 298, 324.80 dólares, Petroelétrica de Panamá LDC con 994, 416.00 dólares y Bahía Las Minas Corp. S.A., con la suma de $53, 035.52 por incumplir disposiciones vigentes del marco regulatorio del servicio público de electricidad.
Para el gerente general de Bahía Las Minas, Max Kelly, el argumento utilizado por el Ente para imponer la sanción es completamente falso.
De acuerdo con la resolución, Bahía Las Minas brindó información no fidedigna sobre la declaración de disponibilidad de energía durante las semana 10, 11 y 12 de 2004, al declarar fuera de uso equipos asociados a su sistema de generación (generadores de calor), los cuales no tenían problemas técnicos ni operativos.
Para Kelly, esta es una acusación "aterradora y falsa" y añade que la cifra de la multa es antojadiza, porque ellos no cometieron ninguna falta.
La empresa alega que por razones económicas notificó que solamente utilizaría el equipo que estaba contratado por las distribuidoras para generar energía y que la otra parte de la maquinaria la declaraba no disponibles, porque de no hacerlo registrarían perdidas en la generación.
"Si la mitad de nuestros equipos no están contratados, no tenemos la obligación de generar energía con ellos y por eso es falsa la acusación sobre suministración de información no fidedigna", explicó.
Igualmente, señaló que ya procedieron a interponer un recurso ante la Corte Suprema de Justicia.
El artículo 148 de la Ley 6 del 3 de febrero de 1997 que dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad establece que contra las decisiones adoptadas en los procesos sancionatorios, solamente cabrá el recurso de reconsideración y, una vez resuelto éste, queda agotada la vía gubernativa, dando acceso a la vía contencioso-administrativa".
Con relación a Petroelétrica de Panamá LDC, el ERSP señala que la multa por casi un millón de dólares se debió a que la empresa no comunicó a la institución que los trabajos realizados a su equipo de generación habían terminado y también por retirar del mercado cinco más que debían estar interconectados para este año. La institución justifica la multa, porque la acción no autorizada de Petroeléctrica provocó un encarecimiento de la energía en el mercado ocasional.
Sin embargo, el documento no especifica qué procedimiento se utilizará para cobrar la multa, ya que Petroelétrica de Panamá dejó de funcionar.
Por su parte Generación Eléctrica Fortuna S.A., fue sancionada con 298, 324.80 dólares por el incumplimiento parcial de los pagos por el uso de operación integrada de los años tarifarios 3 y 4 que debía cumplir antes del 30 de junio de 2005.
Panamá América intentó conocer la reacción de su gerente general, Jacques Lepage, pero no contestó al llamado.
De acuerdo al artículo 143 de la Ley 6 de 1997, el monto de las multas que se impongan a los prestadores del servicio, se repartirán en beneficio de los clientes a través de las tarifas.
  • El Ente Regulador de los Servicios Públicos puede imponer multas desde $1, 000.00 hasta un millón de dólares.

  • La capacidad instalada actual en Panamá para generar energía eléctrica es de mil 392 MW, de los cuales 770 MW son por generación hidráulica, 573.40 MW de generación térmica y 48.5 MW corresponden a la Autoridad del Canal de Panamá.

  • La demanda máxima en la historia del sector se dio el 13 de abril pasado cuando se consumió 923 MW.

  • El 14% de la población no tiene Energía eléctrica.


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195601
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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