Economía

Frenan alzas en boletos de trenes


CLARIN / DIGITAL

El juez federal Martín Silva Garretón -el mismo que frenó la suba de los boletos de los colectivos- dictó ayer una "medida precautelar" que le ordena al Estado retrotraer las tarifas de los subtes y de los servicios ferroviarios a los valores que estuvieron vigentes hasta el 2 de diciembre.
Con esta decisión judicial, el Gobierno debe dar marcha atrás con el ajuste de hasta el 28,5% que dispuso a principios de mes en los medios de transporte.
El Ministerio de Economía sería notificado del fallo en las próximas horas y la rebajas de las tarifas comenzaría a concretarse durante el día.
La suspensión de las subas tarifarias que se autorizaron para los subtes y los trenes representa un revés para el Gobierno y, en especial, para el secretario de Transporte, Jorge Kogan, quien ayer tuvo que ser ratificado por el vocero presidencial Ricardo Ostuni, ante los insistentes rumores de su desplazamiento del cargo.
En el caso de los subtes, el valor del cospel, que actualmente es de 70 centavos, deberá bajar a 60 centavos. En cambio, en el caso del Premetro la reducción llegará al 22,3%, ya que el precio actual de 45 centavos debe volver a 35 centavos.
Por el lado de los trenes, el regreso al cuadro tarifario anterior implicará una baja en los boletos que oscilará entre el 5,3 y el 22,3%. Alcanzará a todos los servicios eléctricos y diésel de las líneas metropolitanas Roca, San Martín, Mitre, Sarmiento, Urquiza y Belgrano Sur. Si bien la línea Belgrano Norte también quedó comprendida en el fallo, ésta ya dejó de cobrar los aumentos desde el sábado pasado como consecuencia de otra medida judicial que frenó la renegociación contractual que impulsaba el Gobierno.
El juez Silva Garretón -descendiente de Juan Manuel de Rosas y actual postulante a camarista- resolvió suspender provisoriamente los aumentos tarifarios, tras hacer lugar a una "demanda sumarísima" que promovió la Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Oliveira.
En su presentación, la ombudsman porteña planteó que las resoluciones que dispusieron los aumentos "violaron los derechos de los usuarios que se encuentran protegidos por el artículo 42 de la Constitución Nacional, que prevé la realización de audiencias públicas anteriores a cualquier modificación en las condiciones de prestación de los servicios".
Oliveira también denunció que las resoluciones impugnadas transgredieron la Ley de Convertibilidad y comenzaron a regir antes de que hubiesen sido publicadas en el Boletín Oficial.
Lo que dispuso Silva Garretón es una "medida precautelar". Ordenó que no se apliquen los aumentos hasta tanto él adopte una determinación firme sobre el pedido de suspensión del ajuste que solicitó la defensora porteña.
En los argumentos del fallo, el magistrado destacó que "el peligro y la irreparabilidad del daño expuesto por la peticionante llevan al tribunal al convencimiento de la necesidad de disponer una medida urgente, hasta tanto se encuentre en condiciones de resolver la cautelar solicitada".
De esta manera, Silva Garretón frenó la aplicación de los aumentos, pese a que su juzgado aún "no se encuentra en condiciones de observar y pronunciarse" sobre la medida de fondo.
Para recabar la información que le falta, el juez le requirió a las autoridades nacionales que envíen en un plazo de dos días "copia de todos los expedientes labrados con motivo de los estudios" que derivaron en la resolución que incrementó las tarifas.
Con esos elementos -según destacó el fallo- el juzgado recién estará en condiciones de observar y pronunciarse con relación al carácter irreparable que Oliveira le asignó al aumento tarifario, al justificar el pedido de la medida cautelar.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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