Economía

Gobierno impulsa plan de retiro voluntario de 2016

El MEF convocará en el transcurso de esta semana a una reunión informativa con todos los Jefes de Recursos Humanos de las instituciones beneficiarias del Programa de Retiro Voluntario para ampliar detalles y suministrar información sobre los procedimientos a seguir entre otros aspectos de suma importancia.


El gobierno , a través del Ministerio de Economía y Finanzas (Mef) , está impulsando por segundo año consecutivo el Programa de Retiro Voluntario (PRV) para servidores públicos que gozan de una pensión de retiro por vejez de la Caja de Seguro Social,  que estén activos en ministerios, instituciones descentralizadas, intermediarios financieros, organismos Independientes y empresas públicas; y que decidan renunciar voluntariamente al cargo que están desempeñando en el sector público actualmente.

Según indicó el MEF,  este Programa de Retiro Voluntario está fundamentado en el artículo 304 de la Ley 69 de 24 noviembre de 2015, que dicta el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal 2016, el cual establece que el gobierno adoptará y reglamentará un programa de retiro, por lo que se creará un fondo que permita cubrir una indemnización a los servidores públicos que se acojan al mismo.

Entre los requisitos exigidos a los colaboradores que se acojan al programa están: gozar de una pensión por vejez otorgada por la Caja de Seguro Social mediante resolución ejecutoriada y contar con dos años continuos prestando servicios en las instituciones beneficiadas como pensionado activo. 

 

Los interesados deberán  presentar su solicitud de retiro voluntario a más tardar el 30 de septiembre de 2016.

La entidad asegura que el  Programa de Retiro Voluntario generará ahorros al Estado y estos recursos permitirán realizar inversiones de índole social.

La indemnización a otorgar a los servidores públicos que se beneficien con el plan, se calculará de acuerdo con los años laborados de manera continua en las instituciones como pensionado por vejez de la CSS, tiempo que será calculado hasta el 31 de diciembre de 2016.

 

Además, la indemnización estará exenta de las retenciones legales conforme a lo establecido en la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, artículo 708 del Código Fiscal y Decreto de Gabinete 168 de 27 de julio de 1971.

La indemnización por Retiro Voluntario se realizará en base a la siguiente tabla:

 

No podrán acogerse al PRV los funcionarios que ocupan cargos de elección popular; miembros de carrera de la Fuerza Pública; servidores que presten servicio temporales por menos de dos años; personal que labora para Sociedades Anónimas propiedad del Estado, Autoridad del Canal de Panamá, los Ministros, Viceministros, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y todo aquel servidor público que haya sido nombrado en jefatura dentro de las instituciones beneficiadas.

Las oficinas institucionales de Recursos Humanos de cada entidad beneficiaria del programa facilitarán un formulario a los servidores públicos que decidan acogerse al retiro voluntario para los trámites correspondientes.

El MEF  convocará en el transcurso de esta semana a una reunión informativa con todos los Jefes de Recursos Humanos de las instituciones beneficiarias del Programa de Retiro Voluntario para ampliar detalles y suministrar información sobre  los procedimientos a seguir entre otros aspectos de suma importancia.

 

 

 


fecha edicion
old id
1035673
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América