Cambios
- 6 artículos se cambiarían del actual Código Fiscal si se aprueba el proyecto.
- $10,000 subiría el tope del valor de las propiedades exentas del pago de impuestos.
Bajar la tasa de impuestos sobre inmuebles “puede resolver el problema de hoy, pero en 5 años, cuando la vivienda aumente y los impuestos suban, volverá a surgir la misma discusión”, así los consideran los gremios empresariales del país.
Los empresarios solicitaron la suspensión del debate del anteproyecto de ley N.°43 entregado a la Asamblea, porque aunque están de acuerdo con que se bajen las tasas de impuesto, no concuerdan con la manera en que se establece la reglamentación.

Piden mayor consulta
“Consideramos que se debe estudiar más cómo se calculan esas tasas”, aseguró la presidenta del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Elisa Gómez de Suárez, quien fue una de las que firmaron la solicitud para la suspensión el debate sobre la reforma al Código Fiscal.
Gómez explicó que cada cierto tiempo, los precios de las propiedades aumentarán y los impuestos también podrían subir, por lo que se tendría que volver a discutir la ley si no se realiza una fórmula correcta.
Aseguró que la solicitud de suspensión para un mayor consenso entregada a la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea fue firmado por la Cámara de Comercio e Industrias de Panamá (CCIAP), Conep, la Asociación de Corredores y Promotores de Bienes y Raíces (Acobir), entre otros.
La CCIAP, por medio de su presidente, José Luis Ford, comentó que este es un asunto técnico y sensitivo.
Ford expresó que, por ser un tema que “ha causado malestar y confusión entre la ciudadanía hace algunos meses, requiere amplia consulta”.
Sin embargo, a pesar de la aceptación de los gremios con respecto a la baja en las tasas, esto podría traer una menor recaudación en los tributos del Estado y afectar su flujo de recursos.
El economista panameño Carlos Gómez comentó que “ya se tiene una previsión de déficit en las finanzas del país para final de año; dejar de percibir tributos que anteriormente llegaban a las arcas del Estado podría traer más problemas”.
El anteproyecto de ley aumenta el monto de exoneración, por lo que las propiedades que cuesten $40,000 o menos ya no tendrán que pagar tributos, lo que anteriormente llegaba hasta las viviendas de $30,000.
Además, las tasas de impuestos se han disminuido desde un máximo de 2.10% a un tope de 1.40%.
Sin embargo, aunque las tasas disminuyan, el pago de impuestos que realizarán los propietarios será mayor al actual, ya que con los reavalúos, los valores estipulados para cada propiedad aumentarán.
Según dicta el anteproyecto de ley expuesto por la diputada del Partido Democrático Revolucionario (PRD) Zulay Rodríguez, la reforma busca corregir “algunas disparidades que han provocado que las leyes 49 de 2009 y 8 de 2010 sean antipopulares”.
La diputada explicó que la ley actual pone en riesgo la conservación de la propiedad sobre los inmuebles, dado que con los avalúos y su posterior uso para el cobro de impuestos, el Estado pudiese expropiar viviendas por la carencia de recursos económicos por parte de sus dueños para pagar las contribuciones, que calificó de “exageradas”.
Nuevas tasas
Anteriormente, para los inmuebles entre $40,000 y $100,000, se calculaba un impuesto del 1.75% de valor de la propiedad al año, que en el anteproyecto se modifica a 0.50%.
Esto quiere decir que el propietario de una vivienda de $70,000 tendría que pagar $350 al año en impuesto, mientras actualmente paga $1,225.
En el caso del segundo intervalo de valor de propiedades, entre $100,000 y $250,000, se modifica de una tasa de 1.95% a 0.90% anual sobre el valor de la propiedad, es decir, que por un inmueble de $200,000 pagaría unos $1,800 al año, mientras que hoy día paga $3,900.
En el caso de las casas con un valor de $250,000 o más, tendrán un impuesto anual del 1.40%, que actualmente es de 2.10%. De aprobarse el proyecto de ley, el propietario de una vivienda de $300,000 pagaría $4,200 al año (hoy día, 6,300).
Además, entre las modificaciones también se regulan los nuevos avalúos del valor catastral, los cuales no podrán superar el 50% del avalúo vigente.