Impuestos
- $0.10 centavos por grado de alcohol contenido pagarán las bebidas, precio superior a $18 por litro.
- $0.13 pagarán las bebidas con volumen de alcohol entre 0.6% y 4.99% (cervezas).
Con 41 votos a favor y uno en contra, el pleno de la Asamblea Nacional de Diputados aprobó este semana en tercer debate el proyecto de ley 619, que modifica el artículo 7 de la Ley 45 del 14 de noviembre de 1995, sobre el impuesto selectivo al consumo de bebidas alcohólicas en el país.
La ley presentada por el ministro de Economía y Finanzas, Frank De Lima, busca establecer que el cobro de este impuesto, de bebidas alcohólicas importadas o nacionales, quede en manos de la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP) y no en Autoridad Nacional de Aduanas, ya que no se trata de un impuesto aduanero.
Los cambios fueron propuestos, ya que los negocios relacionados a la importación, exportación, distribución y venta de bebidas de contenido alcohólico sostienen que existe una confusión sobre qué entidad es la responsable del cobro del Impuesto Selectivo al Consumo de Bebidas Alcohólicas.
La nueva ley contempla que el impuesto selectivo al consumo se pagará mensualmente en los casos de bienes gravados de producción nacional y bienes gravados importados.
Asimismo, este impuesto deberá ser cancelado dentro de los quince primeros días calendario del mes siguiente, mediante una declaración-liquidación del impuesto en los formularios que proporcionará la Administración Tributaria.
Por su parte, Roberto García, dueño de una de las marcas que se importan al país, comentó que esta medida podría afectar las ventas del producto, ya que lo más probable es que los precios suban porque todos los importadores y productores deben pagar este arancel.