Economía

Mef avanza en el plan de retiro voluntario, a pesar de generar zozobra

El Decreto Ejecutivo 358 establece que no podrán acogerse al Programa de Retiro Voluntario los funcionarios que ocupen cargos de elección popular.


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) avanza en el programa de Retiro Voluntario con capacitaciones dirigida a los funcionarios que lideran las oficinas de recursos humanos del Estado, a pesar que diferentes organismos del país han manifestado su duda en cuanto a este plan para los servidores públicos.

De acuerdo con Alfredo Berrocal, secretario general de la Federación Nacional de Servidores Públicos (Fenasep) este plan no comprende derechos laborales tan importantes como los décimos y las vacaciones proporcionales. Solo toma en cuenta la suma del salario por una determinada cantidad de meses, dependiendo de la cantidad de años de trabajo.

Destacó que “el documento no es explícito y empiezo a dudar de su propósito”, ya que la medida solo se refiere escuetamente a que es un estímulo para estos pensionados.

 
El economista Juan Jované va más allá considerando que a la larga "el plan de retiro va a terminar siendo una estrategia en la que algunos funcionarios se acogerán a la jubilación anticipada, para que después el Gobierno contrate nuevo personal.

Además que el decreto deja sin concretar una prohibición para contratar a funcionarios en la condición de jubilados, lo que sugiere que podrían "sacar a unos para meter a otros".

Este Programa, que fue presentado al país recientemente a través de la publicación en la Gaceta Oficial N° 27838-C del Decreto Ejecutivo 358 del 4 de agosto de 2015, ofrece el incentivo de una indemnización a los funcionarios que opten voluntariamente por renunciar al cargo que desempeñan, que se calculará en base a los años laborados en calidad de jubilado y tomando en consideración el último salario devengado al 31 de diciembre de 2014.

 
El Decreto Ejecutivo 358 establece que no podrán acogerse al Programa de Retiro Voluntario los funcionarios que ocupen cargos de elección popular, miembros de la Policía Nacional, miembros permanentes del Cuerpo de Bomberos, personal docente, profesionales de la salud, personal del servicio exterior, servidores públicos que prestan servicios temporales de manera transitoria, los ministros, viceministros, subdirectores, jefes de departamento y personal que ocupe cargos de mando dentro de las instituciones.


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988242
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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