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El contralor general Federico Humbert ordenó suspender todos los pagos de dietas a funcionarios que, en horas laborables, participen de reuniones de juntas directivas en distintas entidades estatales.
La medida incluye a ministros de Estado, directores, administradores, superintendentes y gerentes generales de entidades descentralizadas y empresas públicas, además de rectores de universidades oficiales.
El Decreto de Gabinete N.° 57 del 27 de noviembre de 1968, en su artículo 1, establece que los servidores públicos que por razón de su cargo formen parte de juntas directivas, juntas asesoras, comisiones y demás organismos similares en instituciones autónomas, interministeriales y semiautónomas “solo podrán percibir dietas por su asistencia a las reuniones de dichos organismos, cuando las mismas se celebren o se prolonguen fuera de las horas de servicio”.