Economía

Piden ajuste para pilotos panameños


Buscan incluir el término “despidos injustificados” dentro del Artículo 3 de la Ley 89 de 2010, para proteger a los pilotos panameños.

Dana Castañeda, segunda vicepresidenta de la Asamblea Legislativa, quien presentó el anteproyecto, señaló que con esta acción se evitarán posibles despidos de pilotos panameños por parte de empresas de aviación comercial.

La parlamentaria explicó que con esta legislación las compañías aéreas no podrán destituir a los pilotos locales, para sustituirlos por personal extranjero.

 

“Se trata solo de corregir esta norma”, y citó como ejemplo el despido del capitán José Jaime Muñoz, por una de las empresas de aviación local.

La Ley 89, que dicta medidas para promover el desarrollo de la aviación comercial, permite a las aerolíneas la contratación de pilotos extranjeros en forma temporal de hasta un 15% del total de su personal, mientras que se capaciten profesionales panameños.

Solo en mayo del año pasado, el capitán Mario Wilson, secretario del Sindicato Panameño de Aviadores Comerciales, denunció que unos 120 pilotos panameños se encontraban desempleados, mientras que la población contratada no llegaba a las mil personas.

 

El ingreso mensual de inicio para un copiloto de aerolíneas internacionales es de B/1,500 más contratación colectiva, llegando a duplicar este monto.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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