Economía

Reclamos sobre la garantía de bienes


En todo contrato u operación de venta de bienes muebles nuevos, tales como artefactos electrodomésticos, mobiliarios, automóviles y otros, se entiende implícita la obligación de garantizar, al comprador, el funcionamiento normal y acorde con el fin para el cual son fabricados.
Según informes de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, la obligación será exigible, siempre que por defecto del producto o por causa imputable al fabricante, importador, distribuidor o proveedor, dichos bienes no funcionen adecuadamente, de acuerdo a lo establecido en el artículo No.36 modificado por la Ley 9 de 20 de febrero de 2006.


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257168
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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