Todas las personas de tercera y cuarta edad, jubilados y pensionados deben recibir los beneficios que les concede la actual legislación, informó la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia.
Según la Ley No. 6 de 16 de junio de 1987, los panameños o extranjeros residentes en el país que tengan 55 años o más si son mujeres, y 60 o más si son varones, y todos los pensionados y jubilados por cualquier género, gozarán de una serie de beneficios.
Entre los beneficios que tienen derecho por ley, cada uno de estos ciudadanos, se destacan los siguientes: descuento del 50% de los precios que se cobren por la entrada a actividades de recreación y entretenimiento, (cines, teatros, deportes, y demás espectáculos públicos).
También tienen derecho al descuento del 30% en el valor de pasaje, de los autobuses interurbanos, trenes, lanchas y barcos; y el 25% de descuento en pasajes aéreos de empresa públicas o privadas nacionales y extranjeras.
Igual aplica el descuento del 25% del valor de consumo individual de comida en cualquier restaurante, salvo en las fondas.