El Gobierno retirará la Ley del Régimen de Propiedad Horizontal que se mantiene suspendida desde el pasado 16 de marzo en la Asamblea Nacional, informó Lesly Marti, asesora legal del Ministerio de Vivienda (MIVI).
Lo anterior, se debe al interés de hacer una revisión y evaluación a ciertos artículos que están dentro de la Ley para la adecuación o inclusión de algunos aspectos referentes a las propiedades horizontales de urbanización y las propiedades horizontales turísticas.
“Son situaciones de conflicto que se dan en la práctica y que no tienen un marco regulatorio por lo que queda a la libre disposición del reglamento presentado por el promotor” señaló Marti.
La asesora legal dijo que esperan poder reunirse dentro de un mes con los diferentes gremios para la evaluación de la Ley.
“Me parece muy saludable que se retome el tema de la Ley porque en los últimos años se han cometido una serie de abusos por parte de promotores “inescrupulosos” que estafan a los usuarios con publicidades engañozas, manifestó la ex diputada impulsora de las reformas, Teresita de Arias.
De Arias agregó, que las reuniones y evaluaciones deben hacerse muy abiertas, en primera instancia el MIVI en primer debate y después con las demás partes, incluyendo a las personas que han tenido experiencia en la compra de propiedades horizontales.
A juicio de Omar Jaén, historiador y propietario de una propiedad horizontal, mantiene preocupación sobre la ley, porque considera que es un proyecto muy “desequilibrado” que va en beneficio del promotor y en desmedro del comprador.
También manifestó, que dentro de la Ley debe existir un artículo que obligue a los promotores de manera coactiva a rendir cuenta del pago de mantenimiento y servicios como gimnasios y demás que pagan los consumidores.
Por su parte, Pedro Destreno, promotor de viviendas de Pedro Bienes Raíces argumentó, que con respecto al 20% que deberían cubrir los promotores para el mantenimiento por no vender o alquilar todos los apartamentos, tenía sus razón de ser debido a que al no venderlos todos, este porcentaje no podía sufragar los gastos administrativos.
No obstante, el empresario considera que la modificación de la Ley es necesaria, pero que debe ser sana, además de corregir errores para ajustarlos a la situación actual del mercado.
Y que en el caso de las propiedades horizontales turísticas, como es algo nuevo en Panamá, no se pueden regir por la misma Ley, agregó.