La Dirección General de Ingresos se debe pronunciar sobre algunos tratamientos fiscales "que no van de la mano" con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs), señala la firma de auditoría Grant Thornton Cheng y Asociados.
Estos tratamientos fiscales, aduce la firma, tienen que ver con la forma de reconocer los ingresos en las construcciones, las provisiones para cuentas incobrables y el tratamiento de los arrendamientos financieros (leasing), entre otros.
Con la Resolución 201-454 del 14 de febrero de 2007, la Dirección General de Ingresos establece la obligatoriedad de preparar la declaración de renta en base a los registro de contabilidad que utilicen el sistema de devengado y sobre la base de las NIIFs.
Esto es para todas las empresas que facturen anualmente para el año 2007 la suma de $1,000,001 en adelante, ; para el año 2008 las que facturen anualmente $501,000 a $1,000,000; y para el año 2009 las que facturen anualmente de $251,000 a $500,000.
Las NIIFs, informa la firma de auditoria, ya se encuentran al alcance de los contribuyente o cualquier persona interesada.
Acuerdo.
Con la promulgación de la Resolución 201-1369 del 7 de mayo de 2008, como resultado de un acuerdo suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas de la República de Panamá y el Comité de la Fundación de Estándares Contables Internacionales (Internacional Accounting Standards Comitee Fundation), se autoriza la publicación en la República de Panamá, en español, de las Normas Internacionales de Información Financiera.
Panamá ha adoptado las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs), por lo que la firma considera que de interés contar con un acceso fácil y directo a las llamadas NIIFs.
Normas.
Como resultado de un acuerdo suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas de la República de Panamá y el Comité de la Fundación de Estándares Contables Internacionales se autoriza la publicación en Panamá, en español, de las NIIFs.