Esta medida permite en una primera etapa preservar los intereses de los agricultores, proveedores de leche de Parmalat, acordándoles la prioridad de los pagos. La decisión del tribunal fija también en 120 días el plazo de presentación de las deudas que tiene la empresa, luego de lo cual la corte establecerá el orden de prioridades en el pago a los acreedores.
El grupo Parmalat, en el centro de un enorme escándalo financiero, tiene un hueco de por lo menos 7,000 millones de euros (unos 8,680 millones de dólares) en sus cuentas, sobre una facturación total de aproximadamente 7,500 millones de euros en 2002. Sin embargo, este hueco podría aumentar en los próximos días, a medida que progrese la investigación judicial, según la prensa italiana.
Parmalat se colocó el miércoles, en vísperas de Navidad, bajo la protección de un nuevo procedimiento para las quiebras, adoptado con urgencia y especialmente para esta empresa por el gobierno italiano, que espera así salvar a esta industria y los puestos de trabajo. Antes del proceso de privatización en las telecomunicaciones, el costo de llamadas internacionales era muy alto. Se estima que las mismas costaban entre dos y tres dólares el minuto.
Ahora, la realidad del mercado es otra, dado que el precio de los minutos para llamadas de larga distancia está por el suelo, pero se mantiene el impuesto de un dólar por la utilización de este servicio.
En su momento el presidente de Cable & Wireless, José Miguel García, manifestó que se era necesario el remplazo de este impuesto con el fin de hacer mucho más competitivo el mercado de las telecomunicaciones.
Ante este hecho, el ministerio de Economía y Finanzas, presentó el 21 de noviembre pasado ante el Consejo de Gabinete una propuesta para reemplazar el impuesto del dólar por una tasa del 12%, para las llamadas internacionales.
Esta propuesta se discutió en primer debate en la Asamblea Legislativa y está a la espera de dos debates más para que entre en vigencia el próximo año. El proyecto establece que todas las llamadas internacionales que se originan en Panamá tendrán que pagar el 12%, al igual que las empresas que utilicen la comunicación de voz a través del protocolo de IP, las que provengan del exterior y que son pagadas o facturadas en Panamá, y las que se efectúen con cargo a tarjeta de crédito o débito, pagadas en Panamá.
De acuerdo con el proyecto, las empresas telefónicas o empresas retenedoras, tendrán que presentar una declaración jurada de liquidación del impuesto correspondiente a las operaciones realizadas a más tardar el día 30 de cada mes, referente a las llamadas de larga distancia internacionales facturadas en el mes inmediatamente anterior.
Se puntualiza que si el agente retenedor no ha pagado al fisco el impuesto correspondiente a la tasa del 12% en el período estipulado, incurrirá una morosidad lo que le causará un recargo del 10% más intereses.
Dicho recargo se calculará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1072-A del Código Fiscal.