El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (UE) se pronunció a favor del registro de un tipo de jabón de la multinacional estadounidense Procter & Gamble, que había sido rechazado por la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI).
La alta instancia falló a favor de la compañía en su demanda de registro de un modelo de jabón con una "concavidad a lo largo y ranuras" que había sido rechazado en 1999 por la Oficina, con sede en la ciudad española de Alicante.
La OAMI había denegado el permiso al considerar que el producto no tenía características distintivas, pero el Tribunal ha considerado que sí las tiene.
Sin embargo, no admitió la argumentación de la multinacional, que alegaba a su favor que el jabón ya había sido registrado en otros países.
El tribunal ha respondido a este punto que el hecho de que hubiera sido registrado en otros países no obliga a tomar una decisión favorable a la OAMI.