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El Confabulario – 24 de septiembre de 2013

REDACCION / PANAMA AMERICA

La Ley 5 del 11 de enero de 2007, que agiliza el proceso de empresas en Panamá, establece, entre otras disposiciones, que toda persona natural o jurídica podrá realizar actividades comerciales o industriales dentro del territorio nacional. Esta reglamentación aprobada en el gobierno de Martín Torrijos señala además que el aviso de operación es el único proceso requerido para el inicio de una actividad comercial o industrial en Panamá.

En este mismo sentido, el actual Gobierno puso a disposición de los comerciantes una plataforma para tramitar permisos de operación. Se llama Panamá Emprende y se puede acceder a ella en www.panamaemprende.gob.pa. “Ahora, el proceso para obtener una autorización de operación tomará 20 días”, dijo recientemente a este diario el titular del Mici, Ricardo Quijano.

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