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El Pulso de Panamá – 11 de agosto de 2012

Luis C. Aguilar V. (luis.aguilar@epasa.com) / PANAMA AMERICA

El Tribunal Electoral (TE) deberá definir qué juzgado resolverá el incidente de nulidad presentado por la defensa de Gabriel De Janón, luego de que la jueza María Eugenia de Preciado se declarara impedida por falta de competencia.

La petición de nulidad que presentó la defensa de De Janón, se fundamenta en que dentro del proceso que se le sigue por supuestamente sobornar al representante panameñista Aurelio Alonso, se infringió el artículo 29 de la Constitución Política que establece la inviolabilidad de las conversaciones privadas y restringe la intercepción o grabación de las mismas.

Preciado sostuvo que la petición de nulidad debe ser resuelta por el Juzgado Primero Penal Electoral del Segundo Distrito Judicial, porque el hecho se dio en la provincia de Coclé, a la cual pertenece el concejal.

La decisión de Preciado fue apelada por el propio fiscal electoral, Diomedes Velásquez, y por la parte acusadora.

Por su parte, Jaime Barroso, abogado acusador, explicó que tanto el fiscal electoral como su persona coincidieron en que corresponde a la jueza decidir sobre el incidente de nulidad.

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