Leyes**El producto de la Asamblea Legislativa, aquí y en otros países, nunca ha sido el mejor. En la mayoría de los casos los legisladores carecen de los conocimientos especializados necesarios para analizar a fondo muchísimos temas, por ser eminente


Leyes**El producto de la Asamblea Legislativa, aquí y en otros países, nunca ha sido el mejor. En la mayoría de los casos los legisladores carecen de los conocimientos especializados necesarios para analizar a fondo muchísimos temas, por ser eminentemente técnicos, por lo cual descansan en asesores internos, en ocasiones mal pagados y poco experimentados, o confían ciegamente en lo que envía el Organo Ejecutivo.
CAMARON**A menudo esa realidad produce exabruptos. Un ejemplo reciente es el artículo aparecido al final de una ley de acuñación de monedas conmemorativas del centenario de la Asamblea, que autoriza al Estado para constituir empresas para llevar a cabo actividades relacionadas con hidrocarburos. ¿Qué tiene una cosa que ver con la otra? Evidentemente nada y el objetivo, con gran porcentaje de seguridad, tiene que haber sido que el artículo pasara inadvertido.
Contratación**Otra barbaridad, tan reciente y peor aún, es el brevísimo artículo incluido al final de la ley de contratación pública, que establece que en ningún caso el Estado pagará lucro cesante o daño emergente. ¡Eso significa que el Estado sólo responde en sus contrataciones por daño psicológico o moral! De mantenerse vigente esa norma, nadie en su sano juicio celebrará contrato alguno con el Estado panameño.


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241963
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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