La primera sanción fue impuesta a la empresa Agroganadera Santa Fe S.A., por un monto de diez mil balboas, porque incumplió las disposiciones establecidas en la resolución de aprobación del EIA categoría II para el desarrollo del proyecto "La Playita de Amador".
La empresa inició trabajos en una porción de mar que comprendía el relleno de un rompeolas en línea recta, el que disponía material rocoso de diferentes dimensiones sin notificar a la ANAM.
Igualmente la compañía incumplió en el tratamiento de un derrame de aceite reciclado que fue tapado con una capa de arena, sin la previa recolección o tratamiento.
Por otra parte, también se multó con la misma cantidad a la empresa Dilinter S.A. por el incumplimiento de la resolución de aprobación del EIA categoría II para el proyecto denominado "Residencial Colinas de Las Cumbres".
Entre las faltas cometidas por esta compañía se mencionan que no brindó mantenimiento adecuado a la planta de tratamiento de aguas residuales, las que se estaban vertiendo hacia el río María Henríquez, además de la emanación de olores molestos generados por la planta de tratamiento que tenía aguas residuales estancadas con desechos.
Hay que recordar que la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) multó con un millón de balboas a la empresa Promotora Nacional de Vivienda (PRONAVI) por incumplir el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que permitió construir Prados del Este.
Igualmente la ANAM, impuso multas por B/.15,000.00 y B/.10,000.00 en la provincia de Bocas del Toro, a las empresas de telefonía celular, Bell South y Cable & Wireless, respectivamente por iniciar trabajos sin la aprobación de la institución.
Las habitaciones de los niños deben estar despejadas, es decir, no mantener muebles, cajas o elementos que acumulen polvo. Los juguetes deben lavarse con frecuencia, por lo menos una vez por semana.
Aspire colchones y almohadas una vez por semana o, en su defecto, utilice secadores de cabello y productos que eliminen los ácaros. No es conveniente exponerlos al sol ni sacudirlos a golpes.