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Corte Constitucional aplaza análisis de las restricciones para la prensa

Dentro de la legislación está formulada una limitante a los medios de cubrir la campaña electoral. Se abstendrán de realizar reportajes a candidatos con el fin de no interferir directamente con el electorado.


Quito / EFE

La Corte Constitucional de Ecuador decidió aplazar el análisis de la legalidad de una ley que incluye restricciones a la cobertura periodística de la campaña electoral y un nuevo sistema de asignación de escaños, y resolver antes pedidos de recusación de algunos de sus integrantes.

El Movimiento Popular Democrático (MPD), uno de los demandantes, había solicitado que cinco magistrados se excusaran de conocer la causa porque “son candidatos del presidente de la República (Rafael Correa) a ser reelectos”, según dijo tras la audiencia Luis Villacís, director de esa agrupación política de oposición.

El Ejecutivo también pidió que se aparte otro magistrado, Alfonso Luz Yunes, autor del informe sobre la ley que debía haber analizado el Pleno, por unas declaraciones en las que supuestamente se había manifestado en contra de la norma, conocida como Código de la Democracia.

Los magistrados acordaron dar un tiempo a los jueces afectados para decidir si se separan voluntariamente del proceso.

Si se quedan, el presidente de la Corte, Patricio Pazmiño, decidirá si acepta la recusación o no, mientras que en su caso será el Pleno el que tome la decisión.

Gremios de prensa y partidos políticos han presentado cinco demandas contra la ley, impulsada por Correa, porque creen que amenaza la libertad de expresión, entre otros motivos.

En cambio, el secretario nacional de Comunicación, Fernando Alvarado, aseveró en una audiencia en junio que la ley evitará el “abuso” de los grandes medios de comunicación ecuatorianos, que a su juicio “han privilegiado a sus propios candidatos” en el pasado.

El Código establece que durante la campaña electoral, los medios “se abstendrán de hacer promoción directa o indirecta, ya sea a través de reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje que tienda a incidir a favor o en contra de determinado candidato, postulado, opiniones, preferencias electorales o tesis política”.

La Corte había emitido medidas cautelares para suspender su aplicación mientras durara el proceso, pero las levantó la semana pasada.

Villacís acusó a los magistrados de prevaricato, porque tomaron esa decisión “a sabiendas de que estaban violando la ley”, dado que no habían resuelto antes la petición de recusación.

Por su parte, Santiago Guarderas, abogado de la Unión Nacional de Periodistas (UNP), otro de los demandantes, afirmó que las medidas cautelares están en vigencia de nuevo, ya que jueces que podrían ser recusados no tenían potestad para suspenderlas.

El magistrado Edgar Zárate, quien presidió la sesión, no quiso manifestarse al respecto.

El juez Hernando Morales, quien no asistió por enfermedad a la audiencia en la que la Corte levantó las medidas cautelares, señaló que él no las habría suspendido y que el Pleno actuó “sin competencia” al hacerlo. El Código también establece un nuevo sistema de cálculo de escaños, que para los representantes nacionales será el Webster.

DISCREPANCIASEN LA cORTE

  • Políticos de oposición mantienen que el método D’Hont favorece a Alianza País, el movimiento oficialista, pues da más curules a los partidos grandes.
  • Durante la audiencia, Hernando Morales pidió a sus colegas que no se asusten “de quien está interesado en que salga rápido el método D’Hont”. “Aquí nadie se asusta”, respondió Edgar Zárate, dijo se había ofendido la Corte.


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101 años de Panamá América

 
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