Hechos
- La tutela decretaba “la suspensión provisional de los efectos jurídicos del fallo disciplinario de destitución e inhabilidad para ejercicio de cargos públicos a Gustavo Petro” y pedía al presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, que no ordenara ejecutar la sanción.
El procurador colombiano, Alejandro Ordóñez, advirtió que la tutela proferida el martes por un tribunal administrativo no congeló la destitución y la inhabilitación por quince años del alcalde bogotano, Gustavo Petro, porque esta sanción no es todavía efectiva.
Ordóñez explicó a periodistas que para que una decisión disciplinaria tomada el pasado lunes por la Procuraduría se ejecute, el aludido se tiene que dar por notificado, y eso no ha sucedido todavía en el caso del alcalde Petro.
“Los efectos jurídicos de un fallo empiezan a correr a partir del momento de su notificación. En el caso que estamos hablando no se ha notificado y por tanto no se han empezado a producir los efectos jurídicos. Luego, la suspensión es sobre una decisión que no existe, unos efectos que no se han producido”, dijo.
El martes se conoció que un juez administrativo admitió la tutela de un ciudadano que reivindicaba que los derechos políticos de Petro habían sido violados.