Una sala de apelaciones modificó la tipificación de "coautores de ejecución extrajudicial"" por el de "cómplices"" a dos militares que fueron condenados por la muerte del obispo Juan Gerardi, con lo que consiguieron una rebaja de 10 años a la pena de prisión que purgaban.
El fallo fue dictado ayer por la Sala Segunda de Apelaciones, que decidió acoger uno de los recursos presentados por los abogados defensores de los procesados en el que se aducía que la figura de "coautor"" no está incluida en las leyes guatemaltecas.
Además, alegaron que el coronel retirado Byron Lima Estrada y el capitán Byron Lima Oliva fueron considerados "coautores"" en la sentencia, que en otro inciso ordena a las autoridades continuar las investigaciones para "hallar a los autores materiales del crimen".
Basándose en esos argumentos, la Sala resolvió que los dos militares no podían considerarse "coautores"", sino "cómplices"", por el que ordenó que purgarán una condena de 20 años.
La sentencia del sacerdote Mario Orantes, que era asistente de Gerardi fue confirmada en 20 años de prisión.
La magistrada Nidia Nájera, integrante del tribunal de alzada que dictaminó, manifestó que "no comparto la decisión de mis colegas al resolver (la apelación) de la forma en que se hizo"", pues "una sentencia fundamentada y legítima debe basarse en prueba y el fallo adolece de fundamentación"".